La Seguridad Social ha anunciado una serie de modificaciones en los requisitos de la pensión jubilación y las cotizaciones mínimas que se implementarán a partir de 2025. Estas modificaciones buscan ajustar las condiciones para acceder a una pensión completa, teniendo en cuenta la evolución demográfica y económica del país.
La pensión de jubilación, una prestación contributiva a la que tienen derecho los trabajadores que han cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social, sufrirá cambios significativos. Actualmente, en 2024, el gobierno ha incrementado las pensiones contributivas en un 3,8%, lo que se traduce en un aumento anual de aproximadamente 734 euros en la pensión media de jubilación, es decir, unos 52 euros mensuales.
En cuanto a la edad de jubilación, en 2024, los trabajadores pueden jubilarse a los 65 años siempre que hayan cotizado un mínimo de 38 años a la Seguridad Social. Para aquellos que no cumplan con este periodo mínimo, la edad de jubilación se establece en 66 años y 6 meses, siempre que se haya cotizado un mínimo de 15 años, con al menos dos de estos años dentro de los 15 inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión.
Cambios en la pensión de jubilación para el año 2025
De cara a 2025, los requisitos de jubilación experimentarán ajustes. Aquellos que deseen jubilarse a los 65 años deberán haber cotizado un mínimo de 38 años y tres meses, es decir, tres meses más que en 2024. Si no se alcanza este mínimo, la edad ordinaria de jubilación se elevará a 66 años y 8 meses, dos meses más que en 2024, manteniéndose los requisitos de los 15 años de cotización previos.
No obstante, alcanzar la edad ordinaria de jubilación no garantiza el cobro del 100% de la pensión. Para ello, la Seguridad Social exige haber cotizado al menos 36 años y seis meses. Estos requisitos permanecerán vigentes hasta 2027, cuando se prevén nuevas modificaciones.
Jubilación anticipada en el año 2025
La edad de jubilación anticipada voluntaria para el año 2025 se va a fijar en 64 años y 6 meses, o en 63 años para quienes hayan cotizado al menos 38 años. En caso de jubilación anticipada involuntaria, la edad será de 62 años y 6 meses, o de 61 años, siempre que se haya cotizado un mínimo de 38 años y 6 meses. Es importante destacar que, para la jubilación anticipada voluntaria, el adelanto máximo permitido es de 24 meses. Para la jubilación anticipada involuntaria, el adelanto puede ser de hasta 48 meses.
Poder optar por la jubilación anticipada conlleva reducciones en la cuantía de la pensión debido a la anticipación. Estas reducciones pueden variar entre el 2,81% y el 21%, dependiendo de los meses de adelanto. Estas penalizaciones tienen como objetivo poder equilibrar el periodo de retiro anticipado con respecto a la edad legal de jubilación, asegurando de esta forma la sostenibilidad del sistema de pensiones.
Por tanto, las nuevas medidas que ha implementado la Seguridad Social a partir del próximo año 2025 son un reflejo del esfuerzo por ajustar las condiciones de jubilación a la realidad demográfica y económica del país. Los trabajadores deben estar atentos a estos cambios para planificar adecuadamente su retiro y asegurar el acceso a una pensión completa y justa.