Los herederos que aceptaban una herencia en España estaban sujetos al Impuesto de Sucesiones en su comunidad autónoma, gravando los activos netos del fallecido. No obstante, desde 2024 se implementarán cambios significativos que favorecerán a los beneficiarios del testamento.
Las comunidades autónomas españolas han anunciado una reducción del Impuesto de Sucesiones y Donaciones para todos los receptores de herencias a partir de 2024. Cada región establecerá la cantidad y el método de aplicación, pero en general, a mayor valor heredado, mayores impuestos a pagar.
Tras el fallecimiento de un familiar, los herederos deben afrontar el pago de impuestos debido al aumento de su patrimonio. La cantidad varía según la ubicación del receptor de los activos, pero tiende a incrementarse cuando el valor total de la herencia es significativo.
Cambios en los Impuestos al Recibir una Herencia
Una de las primeras comunidades autónomas en realizar un cambio notable en materia de sucesiones fue Canarias. El Gobierno de las Islas Canarias aprobó una modificación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) mediante el Decreto Ley 5/2023, de 4 de septiembre (DL 5/2023).
Esta modificación afectó al Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril, que aprobaba el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos por el Estado.
Con esta modificación, la bonificación en la cuota tributaria del ISD no solo se aplica un 99,9% cuando los beneficiarios pertenecen al Grupo I (descendientes y adoptados menores de 21 años), sino que ahora es sin limitación en función de su importe. Esta medida benefició a muchos herederos, incluyendo a los parientes del Grupo II (cónyuge, descendientes o ascendientes del causante) y a los contribuyentes del Grupo III (hermanos, sobrinos del causante, entre otros).
Novedades por Comunidad Autónoma en 2024
Estos son los cambios más significativos en relación al cobro de herencias que se implementarán en cada comunidad autónoma de España en 2024. Se ha confirmado que las comunidades autónomas reducirán el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para quienes reciban una herencia.
- Asturias: Los herederos menores de 21 años, así como los cónyuges, ascendientes o adoptantes mayores, estarán exentos de pagar el tributo hasta alcanzar los 300.000 euros.
- Aragón: Se aplicará una bonificación del 65% si la herencia no supera los 100.000 euros, de lo contrario, se deberá abonar el impuesto correspondiente.
- Cataluña: Los herederos menores de 21 años no pagarán impuestos si la herencia es inferior a 100.000 euros. Este límite se mantiene para cónyuges, pero se reduce a 50.000 euros para los nietos. En otros casos, se deberá pagar la cantidad correspondiente.
- Andalucía: El límite superior para la exención está en el millón de euros; a partir de ese punto, se aplica el porcentaje correspondiente.
- Madrid: Los familiares directos recibirán una bonificación del 99%, mientras que para los hermanos será del 15%. Los sobrinos estarán sujetos a un impuesto del 10% sobre lo recibido.
- Galicia: Los descendientes, cónyuges, ascendientes y adoptantes mayores de 21 años no pagarán impuestos si la cantidad heredada es menor de 400.000 euros.
- Islas Baleares: No se aplicará este impuesto.
Como se puede observar, cada comunidad autónoma establece su propia normativa en relación al pago del Impuesto de Sucesiones al recibir una herencia. Por ello, en 2024 se ha anunciado una reducción general en la cuantía para beneficiar a todos aquellos que reciban una herencia en España.