La ola de calor que atravesamos en estos días ha vuelto a poner sobre la mesa la importancia de los derechos laborales frente a temperaturas extremas durante la jornada laboral.
La temperatura media global ha alcanzado cifras récord en el último año, y se espera que estos episodios se repitan con mayor frecuencia.
En España, la normativa de prevención de riesgos laborales aborda directamente esta problemática, permitiendo modificar, reducir o incluso cancelar la jornada laboral cuando las altas temperaturas lo requieran.
La jornada laboral durante una ola de calor
El estrés térmico es un problema serio que afecta la salud de los trabajadores. En 2023, se registraron 199 bajas por este motivo y el número de fallecimientos asociados fue considerable. La normativa española, ajustada en el Real Decreto-ley 4/2023, actualiza las regulaciones previas, centrando sus esfuerzos en sectores expuestos a condiciones extremas, como la agricultura, la construcción y la pesca. Esta legislación obliga a las empresas a adoptar medidas de protección para garantizar un entorno laboral seguro durante las olas de calor.
La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) es la entidad responsable de activar alertas de calor que desencadenan los protocolos de prevención en las empresas. Las alertas de nivel naranja o rojo obligan a las empresas a implementar una serie de medidas que incluyen:
- Flexibilidad horaria: Ajustar los horarios laborales para evitar las horas de máxima exposición al calor, adelantando la entrada o retrasando la salida, y trasladando actividades a zonas menos expuestas.
- Reducción de la jornada: En casos donde no es posible adaptar el horario, se permite reducir la jornada laboral, con la opción de recuperar esas horas posteriormente.
- Interrupción del trabajo al aire libre: Si ninguna de las medidas anteriores es viable, se debe interrumpir la actividad laboral para proteger la salud de los empleados.
Responsabilidad empresarial y sanciones
La normativa de prevención de riesgos laborales exige a las empresas un nivel adecuado de protección para sus empleados. El artículo 4.2 del Estatuto de los Trabajadores garantiza la integridad física de los trabajadores durante la jornada laboral, mientras que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece las bases para una protección efectiva contra los riesgos asociados a las altas temperaturas. Sin embargo, la implementación de estas medidas queda, en última instancia, en manos de las empresas, lo que introduce un grado de subjetividad en la aplicación de la normativa.
El incumplimiento de estas medidas puede resultar en sanciones significativas. Las infracciones graves pueden llevar multas de hasta 49.180 euros, y las muy graves pueden alcanzar hasta 983.736 euros. Esta responsabilidad recae completamente en las empresas, quienes deben garantizar la activación adecuada de los protocolos de protección durante las olas de calor.
Si bien la ley permite a los trabajadores interrumpir su actividad y abandonar su puesto en condiciones extremas, esto debe estar justificado y avalado por la normativa vigente. La ausencia injustificada puede ser interpretada como absentismo laboral, por lo que es crucial que los empleados estén informados sobre sus derechos y las medidas de prevención. Denunciar condiciones inseguras ante la Inspección de Trabajo es un derecho y una obligación para asegurar la protección de todos los trabajadores.
Por tanto, las olas de calor representan un desafío significativo para la seguridad de los trabajadores durante la jornada laboral. La normativa española proporciona un marco robusto para la protección de los trabajadores, pero su aplicación efectiva depende de la responsabilidad y el cumplimiento por parte de las empresas. La salud y la vida de los empleados deben prevalecer sobre cualquier otra consideración, y es esencial que tanto empleadores como trabajadores estén conscientes de sus derechos y obligaciones en este contexto.