Los beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente pueden acceder a un complemento económico adicional, sujeto al cumplimiento de ciertos requisitos establecidos por la Seguridad Social. Este complemento, diseñado para mitigar la brecha de género en las pensiones, está disponible para quienes reciban pensiones de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, y se aplica independientemente del grado de incapacidad reconocido.
El complemento para reducir la brecha de género en las pensiones tiene como objetivo compensar el impacto negativo que la maternidad o paternidad puede tener en la carrera profesional, especialmente para las mujeres. Este perjuicio, reflejado en menores cotizaciones y, por ende, en pensiones más bajas, ha sido identificado por la Seguridad Social como una de las principales causas de la persistente brecha de género en el ámbito de las pensiones.
Aunque este complemento está dirigido principalmente a mujeres, los hombres que acrediten un perjuicio similar en su carrera profesional debido al nacimiento de uno o más hijos también pueden optar a este beneficio. Sin embargo, se ha observado que la Seguridad Social aplica criterios más rigurosos para los hombres a la hora de conceder este complemento.
La ayuda para la incapacidad permanente
En 2024, la cuantía del complemento se fija en 33,20 euros al mes por cada hijo que cumpla con los requisitos. Así, el importe anual varía en función del número de hijos, con un máximo de 1.859,2 euros al año para quienes tengan cuatro o más hijos. Es importante señalar que este complemento se suma a la pensión de incapacidad permanente que el beneficiario ya recibe, incrementando así su ingreso total anual.
La pensión de incapacidad permanente en España se estructura en diferentes modalidades, según el grado de incapacidad reconocido y otros factores como el salario previo del trabajador. Estas modalidades incluyen:
- Incapacidad permanente total: La pensión se calcula como el 55% de la base reguladora del trabajador. Este porcentaje puede elevarse al 75% si el beneficiario tiene 55 años o más y se encuentra en situación de desempleo.
- Incapacidad permanente absoluta: La cuantía de la pensión corresponde al 100% de la base reguladora, garantizando así una protección económica completa para quienes no pueden desempeñar ninguna actividad laboral.
- Gran invalidez: En este caso, la pensión también es del 100% de la base reguladora, pero se le añade un complemento adicional, que no puede ser inferior al 45% de la base reguladora. Este complemento está destinado a cubrir los gastos derivados de la necesidad de asistencia por parte de otra persona.
La incapacidad permanente parcial, que representa el grado más leve de incapacidad permanente, no se traduce en una pensión mensual, sino en una indemnización única, calculada en función de la base reguladora y el porcentaje de incapacidad reconocido.
Cómo acceder al beneficio
Para acceder a este complemento, los beneficiarios deben cumplir estrictamente con los requisitos establecidos por la Seguridad Social. El reconocimiento del perjuicio en la carrera profesional debido al nacimiento de hijos es un factor clave para la concesión de este beneficio, y es esencial que los interesados presenten la documentación adecuada para su solicitud.
Por tanto, estos beneficiarios tienen una oportunidad importante para quienes reciben una pensión de incapacidad permanente en España de incrementar su ingreso anual a través de este complemento. Al cumplir con los requisitos, es posible recibir hasta 1.859,2 euros adicionales al año, mejorando así la situación económica de los beneficiarios y contribuyendo a la reducción de la brecha de género en las pensiones.