La campaña de la Renta 2024 terminó el pasado 1 de julio para los contribuyentes, pero Hacienda dispone de mucho más tiempo para llevar a cabo distintas acciones.
Uno de los aspectos más importantes que destaca la Agencia Tributaria es la necesidad de conservar la documentación relacionada con la declaración de la Renta. Aunque pueda parecer un mero formalismo, mantener una copia de la declaración y sus justificantes es crucial para evitar problemas en el futuros.
La normativa vigente establece que es imprescindible conservar la declaración de la Renta y todos los documentos justificativos durante al menos cuatro años.
Razones por las que Hacienda pide guardar la declaración
Este plazo de cuatro año tiene un razonamiento, y responde al periodo de prescripción de las obligaciones tributarias. Es decir, Hacienda tiene la facultad de revisar, comprobar y reclamar cualquier importe relacionado con la declaración durante esos cuatro años, según lo estipulado en el artículo 66 de la Ley General Tributaria.
Este plazo de cuatro años también se aplica a la capacidad de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante liquidaciones, exigir el pago de deudas tributarias liquidadas, así como para gestionar devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo. Por lo tanto, es esencial guardar no solo la declaración en sí, sino también todos los documentos que hayan servido para justificar los datos consignados en la misma.
Tiempos de prescripción
Sin embargo, no todas las situaciones se rigen por este plazo general. Existen ciertos casos en los que el período de prescripción puede ser mayor. Por ejemplo, las escrituras de compra de inmuebles, junto con sus correspondientes facturas e impuestos, deben conservarse más allá de los cuatro años. Lo mismo ocurre con las amortizaciones de mobiliario en pisos o locales alquilados, las compensaciones de pérdidas y rendimientos negativos aplicados en ejercicios posteriores, y las deducciones por adquisición de vivienda. También los autónomos deben prestar especial atención a la conservación de todas las facturas relacionadas con su actividad económica, ya que pueden ser requeridas en una inspección futura.
Otra excepción importante es la reinversión en rentas para personas mayores de 65 años, un aspecto que también exige un mayor periodo de conservación de los documentos asociados. Es fundamental que los contribuyentes tengan en cuenta estas particularidades para evitar posibles sanciones.
La importancia de esta conservación de documentos no es trivial. Si Hacienda decide realizar una comprobación y el contribuyente no puede aportar los justificantes, las sanciones pueden ser importantes. Según la normativa vigente, las multas pueden oscilar entre los 150 y los 6.000 euros, dependiendo de la gravedad de la falta y del tipo de documentación que no se haya podido presentar.
Para evitar sorpresas desagradables, es recomendable que los contribuyentes mantengan en un lugar seguro no solo la declaración de la Renta, sino también todos los certificados bancarios, de retenciones de trabajo, donativos, seguros, rendimientos de inversiones, justificantes de pérdidas, contratos de arrendamiento, facturas que hayan dado derecho a ayudas o subvenciones, y cualquier otro documento que haya servido para confeccionar la declaración.
Por tanto, cumplir con las obligaciones fiscales no termina cuando se presenta la declaración de la Renta. La responsabilidad de conservar la documentación necesaria es un aspecto clave que no debe ser ignorado.