Recientemente, el Congreso ha sido escenario de una propuesta que podría transformar el panorama laboral para numerosas personas con incapacidad permanente.
El grupo político Sumar ha presentado una iniciativa destinada a modificar la legislación que regula la compatibilidad entre el empleo y el cobro de una pensión por incapacidad permanente, abarcando sus grados total, absoluta y gran invalidez.
Este esfuerzo, liderado por Aina Vidal de En Comú, tiene como objetivo reformar varios artículos significativos de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), los cuales actualmente limitan el acceso de estas personas al mercado laboral.
Sentencia del Tribunal Supremo
La controversia surge a raíz de una sentencia del Tribunal Supremo emitida en abril de 2024, la STS 544/2024, que alteró las reglas del juego. Hasta ese momento, quienes padecían de una incapacidad permanente podían, en ciertas circunstancias, continuar trabajando bajo la protección del artículo 35 de la Constitución, que garantiza el derecho al empleo. Sin embargo, esta decisión del tribunal fue un duro revés: se dictaminó que solo sería posible realizar actividades laborales «marginales e intrascendentes». ¿Qué implica esto? Que las personas con incapacidad permanente absoluta o gran invalidez quedan prácticamente excluidas del mercado laboral formal.
Con anterioridad a esta sentencia, la legislación permitía cierta flexibilidad para los grados más bajos de incapacidad. Por ejemplo, aquellos con incapacidad permanente total podían desempeñar trabajos en sectores ajenos a su profesión habitual. No obstante, cuando se trata de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, la situación cambia drásticamente. En estos casos, la ley establece que el individuo está completamente incapacitado para desempeñar cualquier labor. Además, en el caso de gran invalidez, se estipula que la persona requiere asistencia de un tercero para llevar a cabo actividades cotidianas, como vestirse o alimentarse.
El Tribunal Supremo fundamentó su cambio de enfoque en los artículos 194 y 198 de la LGSS. De acuerdo con el artículo 194, la pensión correspondiente a la incapacidad permanente absoluta no permite el ejercicio de ninguna actividad profesional, mientras que, para el artículo 198, el beneficiario podrá hacer tareas «compatibles» con su salud en la medida en la que estas no afecten de forma importante a su capacidad de trabajo.
El problema surge cuando el Supremo dice que esas actividades compatibles deben ser trabajos pequeños que ni siquiera requieran cotización a la Seguridad Social, esto es, que, si tienes el derecho a una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, te quedas limitado/a a trabajos esporádicos y, sobre todo, que no te importa tanto realizar.
Una propuesta para beneficiar a la incapacidad permanente
La propuesta de Sumar es un giro a esta situación proponiendo que ya que quienes sufren incapacidad grave tienen que volver al mercado laboral, se haga de manera más amplia. Al final del día, se hace en la medida en la que le otorga el derecho a trabajar sin olvidar que las pensiones se levantan para remediar la carencia de ingresos por incapacidad, pero ¿qué pasa si trabajar es posible? Si eso es así, hay que cambiar la norma y reflejar así esa nueva realidad. Y seguramente el debate seguirá dando y dando para rato.
Lo que está claro es que la propuesta intenta buscar el equilibrio entre los derechos de quienes, a pesar de sus limitaciones físicas o psíquicas, quieran seguir sumando y, al mismo tiempo, los derechos a recibir ayudas para poder vivir de forma más digna. ¿Se conseguirá? El tiempo lo dirá siempre, pero el debate está abierto.