La Seguridad Social ha introducido nuevas previsiones para solicitar la baja laboral, y ya no es tan sencillo como en el pasado. En la actualidad, las circunstancias se han complicado un poco más tanto para los trabajadores como para las empresas.
La intención es bastante clara: realizar un mayor control de las incapacidades temporales y tratar de reducir el impacto económico que conllevan para dicho sistema. Hasta hace poco, si se producía la enfermedad de un trabajador, únicamente resultaba suficiente la aportación del parte médico y la aprobación del médico de cabecera.
La baja laboral, un aumento alarmante
En el año 2023, las comunicaciones de incapacidad laboral temporal se dispararon, existiendo más de 450 partes médicos de incapacidad temporal derivados de 1.000 trabajadores en España. Según las cifras del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), más de 8 millones de personas se vieron afectadas por el parte médico el año precedente.
Las cifras demuestran que es útil para la Administración tener sus estadísticas, pero las bajas laborales representan el segundo mayor gasto para dicha Seguridad Social, por detrás de las pensiones, con un coste aproximado de 14.000 millones de euros.
Nuevas medidas para un control más estricto
Ante esta situación, la Seguridad Social ha querido poner horizonte y ha creado una serie de cambios en las mismas para monitorizar el lugar. Desde ahora, las empresas deben aportar la información suficiente sobre el puesto del trabajador, incluidas las tareas que desarrolla. Este control adicional busca evitar abusos por determinados trabajadores y asegurarse de que la baja laboral tengan cierta procedencia.
A través de este proceso podría parecer que los trabajadores están de enhorabuena, ya que no necesitan realizar más burocracia, pero la administración ahora estará más atenta que nunca a las solicitudes de baja laboral temporal. Todo este proceso va dirigido a detectar las solicitudes que no vengan dadas de las condiciones médicas exigibles para poder establecer una baja laboral temporal. Cómo impactan estas transformaciones las bajas laborales.
Quién paga la baja laboral
Uno de los elementos más relevantes es quién abona la baja laboral y cómo se procede al cálculo de la cuantía que percibe el trabajador. En lo que respecta a los trabajadores por cuenta ajena, la empresa responde al abono del salario en los primeros 15 días baja, siendo a partir del 16 donde el INSS o la mutua asumen dicho coste. Y cuando nos tenemos que referir a los autónomos, son ellos los que perciben la cuantía por heridas o enfermar directamente de la mutua o entidad gestora que les corresponda.
Las cuantías son distintas, según la causa de la baja. Así un trabajador que quede enfermo de una enfermedad común o que haya sufrido un accidente no laboral recibe el 60% desde el cuarto día hasta el vigésimo, así como el 75% desde el día 21 en adelante; mientras que aquél que sufre un accidente de trabajo o enfermedad profesional cobra un 75% desde el primer día.
Para los casos en concreto, como es el de la menstruación incapacitante o el aborto, los porcentajes son algo diferentes (pueden ser más o menos).
La Seguridad Social quiere ahorrarse un euro en circunstancia que el trabajo esté perfectamente justificada. Pero aunque las nuevas reglas no impliquen más tramites para el trabajador, lo cierto es que las normas nuevas están ideados para ser mucho más meticulosos. Así que, si estás pensando en pedir una baja, mejor asegúrate de que sea realmente necesaria porque la lupa del Estado ahora es mucho más grande.