El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) exige a los pensionistas y jubilados cumplir una serie de requisitos. Entre ellos, se encuentran las condiciones que se deben dar para que puedan viajar con acompañante, aunque este no sea beneficiario del programa.
Los usuarios que reservan en el Programa de Turismo Social, pueden compartir su experiencia con un acompañante. Sin embargo, se deben cumplir unos requisitos que se incluyen en la normativa vigente.
Viajar con acompañante en el IMSERSO
Tal y como ha ocurrido en años anteriores, los viajes del IMSERSO de 2024/25 han sido todo un éxito. Hace poco tiempo que comenzaron a venderse las plazas para disfrutar del Programa de Turismo, pero muchos de ellos ya han colgado el cartel de ‘no hay plazas disponibles’.
«El Programa de Turismo, entre otras cosas, tiene como objetivo fomentar la autonomía de las personas mayores facilitando la posibilidad de desarrollar actividades culturales y recreativas, contribuyendo con ello a mejorar su salud y calidad de vida, actuando con ello en la prevención de la dependencia», explican desde el organismo.
Esto incluye la reserva de viajes por toda la geografía española, cuyos precios son más reducidos que en otras agencias de viajes. Por esta razón, son muchas las personas mayores y pensionistas que solicitan formar parte de los programas que organiza la entidad.
Además, estos viajes incluyen la opción de viajar con acompañante. De hecho, todos los precios están organizados para habitaciones dobles en los alojamientos adscritos.
Requisitos para viajar acompañado
El IMSERSO es una de las entidades que tiene como objetivo mejorar la vida de los jubilados y pensionistas, ofreciéndoles la oportunidad de viajar a precios muy económicos durante todo el año. Muchas personas solicitan participar en el Programa de Turismo y Termalismo, ya que cuenta con muchas ventajas para ellos.
Además, les da la oportunidad de que viajen acompañados por su cónyuge o pareja de hecho. No obstante, se debe cumplir un requisito imprescindible para que puedan viajar con ellos: valerse por sí mismos. En otras palabras, tanto los usuarios como sus acompañantes deberán tener unas condiciones óptimas para realizar las actividad de forma autónoma.
De hecho, esto también se exige para quienes viajen acompañados de sus hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45%. Estos deberán viajar con sus padres y alojarse en la misma habitación. O, si lo prefieren, podrán abonar el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.
En cualquier caso, todos ellos deben ser autónomos e independientes, y no tener la necesidad de una tercera persona para llevar a cabo las actividad cotidianas.