El Gobierno ha llevado a cabo importantes cambios en el modelo de ayudas para los desempleados en paro. Las reformas se basan en aquellas personas que han agotado su prestación por desempleo y que lo que necesitan es una ayuda económica suplementaria a la misma. Parte de la última transformación de ayudas ha consistido en retirar algunas (como el SED, Subsidio Extraordinario por Desempleo), pero se han mejorado otras mucho más interesantes, como las que a partir de ahora se pueden percibir por la propia existencia del mercado de trabajo.
Los subsidios han cambiado en cuanto a la tipología de requisitos en cuanto a la duración de los mismos, apareciendo maneras de percibir una prestación de desempleo cuando las personas que, incluso cobrando algún subsidio, tienen que ver cómo se da el tratamiento de su situación laboral desde la finalización de su prestación de desempleo.
El compromiso pasa por que se produzca la simplificación administrativa para poder garantizar que la llegada de la ayuda es a quienes realmente la necesiten; a la vez que se propugne la intervención en el mercado laboral. Es decir, que a la vez que se retiran ayudas tradicionales, se abren otras posibilidades que pueden ser más favorables para determinados colectivos.
Cambios en los subsidios del SEPE: qué se retira, qué se queda
Planteando el SEPE, ha retirado algunos subsidios específicos para unificarlos, para simplificarlos, etc. Los subsidios se han unificado en el subsidio por agotamiento de la prestación por desempleo. Este subsidio responde a aquellas personas que han agotado su prestación por desempleo, y es un subsidio resultado de la agrupación de todos los subsidios, dejando por eso eliminadas las que existían anteriormente con el objetivo de llegar a la nueva fórmula.
Este subsidio presenta distinta duración de acuerdo con los rangos de edad y las diferentes situaciones familiares para aquellas personas que han agotado su prestación por desempleo. En función de eso, las personas menores de cuarenta y cinco años que hayan consumido un año de paro tendrán un subsidio con duración de seis meses, duración que también será aplicada para las personas mayores de 45 años sin cargas familiares. Ahora bien, las personas que tengan responsabilidades familiares recibirán la ayuda sólo durante un máximo de 30 meses, todo ello condicionado a la duración del tiempo que se haya consumido el paro.
Nuevas cuantías y requisitos de los subsidios
También se han producido variaciones en la cuantía económica de los subsidios económicos, así desde este mes las personas que perciban este subsidio recibirán el 95% del IPREM en los seis primeros meses, es decir, 570 euros mensuales. Después del primer semestre este montante se va reduciendo progresivamente, un 90% del IPREM en el segundo semestre (540 euros) y un 80% en los meses sucesivos (480 euros). Esta rebaja se plantea como un elemento de estímulo para poder facilitar la búsqueda activa de un puesto de trabajo.
A pesar de dichos cambios, el subsidio se mantiene a los mayores de 52 años sin cambios, con un importe de 480 euros mensuales. En su caso el SEPE sigue cotizando por ellos el 125 por ciento de la base mínima de la Seguridad Social, de forma que quede garantizada una pensión contributiva en caso de que se produzca dicha eventualidad. Requisitos para acceder a estas ayudas Para poder acceder a estas ayudas será necesario cumplir ciertos requisitos:
- Agotarse la prestación por el desempleo.
- No poder acceder a otras ayudas.
- Estar dado de alta como demandante de empleo en el SEPE.
- Estar en esta situación durante la duración de la duración de la ayuda.
- No superar ciertos límites de ingresos, concretamente el 75 sobre el salario mínimo interprofesional.