Solicitar una baja laboral en España no es un concepto nuevo, y es cierto que las reglas del juego cambian. Así, en el 2025 la Seguridad Social endurecerá de forma drástica los requerimientos para acceder a este derecho e incluso para mejorar la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social. Las bajas laborales, un asunto complejo para los trabajadores, las empresas y la administración, han dado como resultado cifras que no engañan, ya que en los últimos años las ausencias por razones médicas llevan un trayecto histórico.
Es cierto que las bajas laborales resguardan a los empleados, pero igualmente suponen un reto económico para el Estado. Desde abril de este año, las empresas ya no estaban obligadas a compartir el parte médico. Pero con estos nuevos controles de la Seguridad Social se pretenden cerrar abiertas al sistema actual.
Condiciones para la baja laboral en el 2025
Uno de los cambios a destacar es que las empresas deberán aportar información sobre las funciones de cada trabajador, donde se identificará cuáles son las tareas específicas a realizar en el entorno laboral. Ahora la Seguridad Social será quien analice la información necesaria para saber si las limitaciones médicas del trabajador son justificativas de la baja laboral o no. Si bien esta parte la realizarán las empresas, la información que se maneja por la Seguridad Social vendrá a ser un control, que tiene como fin ofrecer la suficiente tutela al Sistema de la Seguridad Social para que no accedan al mismo las personas que no lo necesiten.
El Gobierno estudia también cómo recortar plazos en el transcurso de la tramitación de las bajas médicas, a lo que se hay que añadir tecnologías más modernas, más control de los casos, pero afortunadamente las empresas no estarán obligadas a llevar a cabo ningún trámite adicional. Costes de las coberturas de bajas laborales Las bajas laborales continúan siendo un coste importante para la Seguridad Social, incorporando más de 14.000 millones de euros en 2023. De forma general, los trabajadores por cuenta ajena o ajeno reciben un porcentaje de su base reguladora fijado según el origen y la duración de la baja.
De esta manera, en el caso de enfermedad común, el trabajador percibe el 60% de su base reguladora a partir del cuarto día hasta el día veinte y el 75% a partir del día 21. En caso de accidente laboral o enfermedad profesional, el % es del 75% desde el primer día. En el caso de los trabajadores autónomos, son las mutuas o las gestoras que se hayan contratado las que se encargarán de cubrir estas cantidades. Y para situaciones como las menstruaciones incapacitadoras o las interrupciones de embarazo, también existen particularidades que van de coberturas progresivas con arreglo al tiempo recorrido hasta que comienza la baja.
Un paso más en la regulación y en la eficiencia
El Gobierno está intentando encontrar así el equilibrio entre garantizar derechos y proteger cuentas. Las nuevas medidas de control pueden generar cierto malestar, pero existen esfuerzos en el ámbito de la gestión del sistema que hacen al mismo tiempo que éste sea más eficiente y más justo para todos. En definitiva, se vislumbra que el arranque del 2025 significa el punto de inflexión en la forma de gestionar las bajas laborales. Las empresas, pero también los trabajadores, se tendrán que habituar a esta nueva forma de funcionar y mientras tanto la administración pública volverá a dar muestra de su compromiso por la transparencia y la sostenibilidad. Lo que parece claro es que nadie se va a poder escapar de «hacer los deberes».