La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda económica de 480 euros que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a las personas en paro que no tiene derecho a cobrar ni la prestación contributiva ni el subsidio por desempleo. Para ello, deberán acreditar que están inscritar como demandantes de empleo y mantener esta situación durante el cobro de dicha cuantía.
Además, el Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través del regimen de la Seguridad Social, ha incorporado nuevas ayudas complementarias a la RAI. De esta forma, aquellas personas en desempleo que cumplan los requisitos establecidos podrán cobrar una cuantía adicional a los 480 euros.
Requisitos del SEPE para acceder a la RAI
Las personas en paro que quieran cobrar la RAI deberán cumplir unos requisitos mínimos. Entre los beneficiarios se encuentran colectivos de trabajadores, como personas con discapacidad, parados de larga duración, víctimas violencia de género o violencia doméstica y personas emigrantes retornadas.
En concreto, estos son todos los requisitos que determinan el acceso a esta ayuda económica de 480 euros del SEPE:
- Estar desempleado o desempleada e inscrito o inscrita como demandante de empleo, mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción de la prestación y suscribir el acuerdo de actividad.
- Ser menor de 65 años.
- No tener ingresos mensuales propios superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- No haber sido beneficiario/a de 3 programas de RAI con anterioridad.
En relación a la estimación de las rentas, el SEPE utiliza el cómputo total por su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y gastos necesarios para su obtención.
Duración de la RAI que ofrece el SEPE para colectivos vulnerables
En 2024, el SEPE ha actualizado la normativa establecida para cobrar la RAI en España. Así, la duración de la cuantía de 480 euros se aumentará en casos concretos. Los usuarios deberán acreditar que se encuentran en las siguientes condiciones para conseguir la ayuda complementaria.
Así, estos son los colectivos de trabajadores que podrán solicitar la ayuda complementaria de la RAI en el SEPE:
- Las víctimas de violencia de género, sexual o doméstica que cambien de residencia en los 12 meses anteriores a la solicitud, obtendrán una ayuda complementaria de 3 mensualidades de la RAI.
- En el momento que consigan una ocupación a tiempo parcial, se deducirá del importe de la RAI la parte proporcional al tiempo trabajado y el período pendiente de percibir mientras se mantenga la compatibilidad.
- Las personas que empiecen a trabajar a tiempo completo o se hagan autónomos dejan de cobrar la RAI, pero tienen derecho a una ayuda equivalente al 25% de la cuantía de la misma durante un máximo de 180 días.
El SEPE informa que la RAI podrá cobrarse cuando los solicitantes acrediten que cumplen los requisitos, «según el colectivo al que se pertenezca». El devengo de la cuantía de la RAI se iniciará a partir del día siguiente a la fecha de solicitud de admisión.
Para solicitar esta ayuda económica de 480 euros del SEPE, los interesados podrán hacerlo a través de la sede electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones, o en cualquier oficina de registro público.