Si tienes 55 años, ya puedes pedir esta pensión de jubilación

Las personas mayores de 55 años podrán cobrar la pensión de jubilación en dos casos concretos regulados en la normativa de la Seguridad Social

Acceder 55 años pensión jubilación

Acceder 55 años pensión jubilación

El Gobierno de España sigue su camino para mejorar el sistema de jubilación en España con el paso de los años. En 2024, un trabajador que quiera jubilarse con 65 años deberá haber cotizado un mínimo de 38 años o más. Ahora bien, existe un grupo de personas que podrá acceder a la pensión hasta 10 años antes de la fecha prevista.

En concreto, la normativa de la Seguridad Social contempla otras modalidades de jubilación. Estas permiten a los trabajadores retirarse de la vida laboral antes de cumplir la edad ordinaria, aunque tendrán que cumplir los requisitos correspondientes.

Acceder a la pensión de jubilación anticipada

La jubilación anticipada permite a los trabajadores retirarse de su vida profesional antes de cumplir los 65 años. Concretamente, permite que cierto grupo social pueda jubilarse a los 55 años en España.

Existen diferentes opciones para acogerse a la jubilación anticipada de la Seguridad Social:

En el caso de que un trabajador quiera acogerse a la jubilación anticipada voluntaria, solo podrá hacerlo dos años antes, como máximo, de la edad ordinaria. Además, la Seguridad Social también tendrá en cuenta los años de cotización.

Por su parte, la Seguridad Social permite adelantar el momento de jubilación forzosa hasta en cuatro años como máximo de la edad ordinaria. En ambos casos, se impondrá una penalización en la pensión, por anticipar la edad de jubilación que afectará a la cuantía a percibir en la pensión.

¿Quiénes pueden jubilarse a los 55 años?

Cuando estamos llegando a edades cercanas a la edad de jubilación, es normal que pensemos en nuestra retirada profesional. Muchas personas piensan en adelantar el momento de jubilarse, aunque no se deciden por ello al ver que se reduce su pensión de forma considerable.

No obstante, existe un grupo de personas que podrá jubilarse hasta 10 años de la edad ordinaria sin penalización: personas con una discapacidad igual o superior al 65%.

En este caso, los trabajadores podrán adelantar su retiro profesional para acogerse a la jubilación a los 52 años. Para ello, deberán acreditar que cumplen con los requisitos correspondientes. Asimismo, aquellos que acreditan un grado de discapacidad igual o superior al 45%, podrán adelantar la edad de jubilación hasta los 56 años como máximo.

En cualquier caso, para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 65% a partir de los 52 años de edad, el ciudadano debe acreditar una cotización de 15 años como mínimo a la Seguridad Social.

Ahora bien, según explican desde la Seguridad Social, el trabajador no tendrá que acreditar dichos años de cotización con la discapacidad reconocida. Y es que puede acogerse a la jubilación aunque hayan sido acumulados cuando no estaba en esa situación.

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