Desde el Gobierno de España se han puesto a disposición de los ciudadanos varias ayudas y subsidios para las personas que hayan agotado la prestación contributiva por desempleo y que aún se encuentren en búsqueda activa de empleo. Se trata del subsidio por agotamiento y se puede solicitar a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
La prestación contributiva por desempleo es el subsidio que ofrece el SEPE a los trabajadores cuando han perdido un empleo de forma involuntaria. En el caso de que la pérdida del trabajo sea voluntaria, es decir, que haya sido el propio trabajador el que haya decidido acabar la relación laboral, no se contempla esta ayuda.
Para poder acceder a la prestación por desempleo, lo que conocemos como ‘el paro’, se exige un periodo de cotización de al menos 360 días en los últimos seis años. Pero si después de agotar el paro aún no se ha encontrado un empleo, se podrá solicitar el subsidio por agotamiento.
Subsidio por agotamiento al finalizar el paro
En el momento en el que finaliza la ayuda por desempleo tenemos la posibilidad de solicitar el subsidio mensual por agotamiento de la presión contributiva. Y para ello se deberán cumplir una serie de requisitos:
- Se deberán justificar cargas familiares, es decir, estar a cargo de hijos menores de 26 años y/o cónyuge.
- Tener 45 años o más
- Estar inscrito como demandante de empleo
Para poder acceder a esta prestación hay que tener en cuenta que se deberá esperar lo que se conoce como ‘mes de espera’. Una vez superado ese periodo de ‘mes de espera’, se abrirá un plazo de 15 días para poder solicitar la ayuda por agotamiento de la prestación por desempleo.
Requisitos del subsidio por agotamiento con cargas familiares
Si el trabajador agota la prestación contributiva por desempleo, tiene cargas familiares y carece de rentas, tiene la posibilidad de solicitar el subsidio por agotamiento. En este caso, la cantidad a recibir en 2023 es de 480 euros.
Pero para poder recibir mensualmente esta ayuda, se deben cumplir una serie de requisitos:
- Estar en situación de desempleo e inscrito como demandante de empleo
- Haber agotado la prestación por desempleo de forma natural, es decir, que no se haya interpuesto una sanción
- Dejar pasar el ‘mes de espera’ antes de solicitarla. Esto quiere decir que el trabajador no recibirá ningún tipo de ingreso en esos 30 días de duración
- Tener cargas familiares al tener a cargo al cónyuge y/o a los hijos menores de 26 años
- No tener ingresos propios superiores a los 750 euros
- Tener carencia de rentas, esto quiere decir que no se deben tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional por cada miembro de la unidad familiar.
En el caso de que algún miembro de la unidad familiar supere ese límite de 750 euros de ingresos, no se podrá solicitar el subsidio por agotamiento.
Requisitos del subsidio por agotamiento para mayores de 45 años
Cuando no se tienen cargas familiares, solo se podrá solicitar esta ayuda a partir de los 45 años. Si la persona que ha agotado la prestación contributiva por desempleo tiene menos de 45 años, no tendrá acceso a este subsidio.
Al igual que ocurre con los casos en los que se tienen cargas familiares, hay que cumplir una serie de requisitos:
- Estar en situación de desempleo y estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE
- Haber agotado la prestación por desempleo al completo
- Tener 45 años o más en el momento de agotar la prestación por desempleo y no tener cargas familiares
- Dejar pasar el ‘mes de espera’
- Tener carencia de rentas, es decir, percibir menos del 75% del Salario Mínimo Interprofesional
Estos son los requisitos que se deben cumplir para poder solicitar el subsidio por agotamiento tras acabar de recibir la prestación contributiva por desempleo por parte del SEPE.
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