La Seguridad Social ha confirmado que va a introducir cambios en las pensiones de incapacidad permanente de cara al próximo año 2024, particularmente las que están relacionadas con el complemento a mínimos.
Estos ajustes podrían derivar en reducciones de la pensión para aquellos que superen ciertos límites de ingresos, lo que conllevaría la pérdida o disminución del complemento que eleva las pensiones por debajo de un umbral establecido.
La situación actual va a variar con un aumento del 3,8% en las pensiones contributivas, alineadas con el Índice de Precios de Consumo (IPC) entre los meses de diciembre de 2022 y noviembre de este 2023. Además, las cuantías mínimas experimentarán un crecimiento que va a ser todavía mayor, con un incremento entre el 5% y 7%, en consonancia con la segunda fase de la reforma de pensiones impulsada por el Gobierno.
Bajada de la incapacidad permanente
La advertencia de la Seguridad Social gira en torno a la posibilidad de que te reduzcan las pensiones de incapacidad permanente que reciben el complemento a mínimos si superan ciertos límites de ingresos. Esta medida podría dejar a los pensionistas beneficiarios cobrando una cantidad inferior al establecido como pensión mínima.
El complemento a mínimos se suma a las pensiones contributivas cuando estas no alcanzan los mínimos legales establecidos. La finalidad de esta asignación busca elevar la pensión hasta un umbral predeterminado cuando la cantidad recibida no llega a cierto nivel mínimo establecido por la ley.
Según los datos que maneja el Instituto Nacional de la Seguridad Social, un 14,32% de los pensionistas con pensiones de incapacidad reciben el complemento a mínimos para poder alcanzar el mínimo legal. El complemento promedio asciende a 148,47 euros al mes.
Los requisitos que marca la Seguridad Social para recibir esta ayuda son claros y rigurosos:
- El beneficiario debe tener reconocida una pensión contributiva de incapacidad permanente inferior al mínimo legal.
- No debe contar con ingresos adicionales significativos provenientes de trabajo, inversiones, actividades empresariales o ganancias patrimoniales que superen un umbral específico, el cual varía según su situación familiar.
¿Cuál es el límite de ingreso?
El límite de ingresos para este próximo 2024, aunque todavía está pendiente de actualización, se sitúa en 8.614 euros anuales para pensionistas sin cónyuge a cargo, y 10.048 euros anuales para aquellos pensionistas que tengan un cónyuge a cargo.
El incumplimiento de estos requisitos anualmente podría derivar en la retirada del complemento a mínimos, lo que podría dejar la pensión por debajo del mínimo legal. La revisión de estos requisitos es constante, ya que el complemento a mínimos no es un complemento consolidable y, por tanto, se debe evaluar anualmente por parte de la Seguridad Social.
En cuanto a la gestión de esta situación, los beneficiarios no están obligados a realizar trámites adicionales. Sin embargo, deben informar a la Seguridad Social si prevén recibir ingresos acumulados que excedan los límites establecidos.
Estos cambios tienen la finalidad de asegurar que el complemento a mínimos se destine a quienes realmente lo necesitan, garantizando que aquellos pensionistas que tengan ingresos adicionales suficientes no reciban una ayuda que no les corresponde, mientras se mantiene la asistencia para quienes dependen de este complemento para alcanzar un mínimo vital.