Desde el pasado mes de abril, la cosa se ha puesto seria a la hora de solicitar una baja laboral. Si pensabas que el proceso para pedir una baja laboral era una tarea sencilla, a partir de ahora te vas a llevar una sorpresa bastante desagradable. Lo que antes era casi algo rutinario, ahora viene con cambios que te harán pensar dos veces antes de pedir un parte de baja.
Primero, la burocracia es ahora más simple, pero no creas que es para hacernos las cosas más fáciles. Ahora ya no tienes que ir corriendo a la empresa para entregar el parte médico que dice que estás de baja. El médico se encarga de todo y manda el informe directamente a la empresa. Todo muy moderno, pero no te confíes. Esto también significa que el control se endurece y, con tanto ojo encima, ya no es tan fácil faltar del trabajo.
Reducción de la baja laboral
La Seguridad Social está poniendo el foco en evitar que las bajas laborales se conviertan en una excusa fácil para faltar al trabajo. Las cifras son claras: en 2023, más de 450 bajas laborales por cada 1.000 trabajadores. Con esto en mente, los nuevos controles médicos van a ser más estrictos. Si el médico tiene dudas, te van a examinar de arriba a abajo para estar completamente seguros de que te conceden la baja médica.
Y esto no es todo. Con el aumento en las cifras de bajas, también se han endurecido las sanciones. Si te pillan ejerciendo laborales mientras estás oficialmente «incapacitado», la cosa se puede poner muy fea: te van a quitar la prestación, puedes sufrir una sanción económica y hasta podría producirse un despido disciplinario. Así que lo debes pensar muy bien antes de tomar cualquier decisión relacionada con la baja laboral.
Cuánto se cobra estando de baja laboral
Lo que cobres va a depender de varios factores. Si es una enfermedad común o un accidente fuera del trabajo, los primeros tres días no vas a cobrar nada. A partir del cuarto día hasta el 20, te llevas el 60% de tu base reguladora. Y si la cosa se alarga, a partir del día 21 sube al 75%. Si es por accidente laboral o enfermedad profesional, el 75% te lo llevas desde el primer día.
Las bajas relacionadas con la menstruación incapacitante y el embarazo también han cambiado. Si te toca por una menstruación incapacitante, desde el día 1 al 20 te pagan el 60% de la base reguladora, y del 21 en adelante, el 75%. En el caso de interrupciones del embarazo o la semana trigésima novena de gestación, el primer día te pagan el sueldo completo, pero del 2 al 20 el 60%, y del día 21 en adelante, el 75%.
Así que, con todo esta nueva situación, vas a replantearte si pedir o no la baja laboral Con la nueva normativa y el aumento de los controles, mejor estar seguro de que la necesitas de verdad. Porque, aunque la burocracia sea menos pesada, las sanciones y los controles están a la vuelta de la esquina.