Cambios en la pensión de viudedad, ¿cuál es el máximo y el mínimo que se puede cobrar en 2023?

La cuantía de las pensiones de viudedad depende de diferentes factores, según recoge la normativa actual de la Seguridad Social

Pensión de viudedad./ Licencia Adobe Stock

La cuantía a percibir por una pensión de viudedad varía en función de la base reguladora de la persona causante de la misma. Así, también influye la edad, situación económica y situación familiar de la persona beneficiaria de este tipo de pensión.

Por norma general, la persona beneficiaria de una pensión de viudedad es el cónyuge de la persona que ha fallecido. Además, también pueden cobrar esta pensión las personas que han suscrito una pareja de hecho o personas divorciadas, siempre que se den una serie de condiciones básicas.

Desde la Seguridad Social definen la pensión de viudedad como «una prestación económica vitalicia que se concede a quienes hayan tenido un vínculo matrimonial o hayan sido pareja de hecho de una persona fallecida». Eso sí, siempre que se cumplan los requisitos para acceder a dicha pensión.

CÁLCULO DE PENSIÓN DE VIUDEDAD

Por norma general, el importe de una pensión de viudedad es equivalente al 52% de la base reguladora de la persona causante de dicha pensión. No obstante, este porcentaje puede ser superior en diferentes situaciones.

Pensión de viudedad
Pensión de viudedad./ Licencia Adobe Stock

El porcentaje de base reguladora puede ser del 70% en la pensión de viudedad en caso de que la persona beneficiaria tenga cargas familiares. La Seguridad Social entiende como cargas familiares algunas de las siguientes situaciones:

La base reguladora de la pensión de viudedad también puede ser del 70% en caso de que dicha pensión sea la principal o única fuente de ingresos de la persona beneficiaria.

Los expertos de BBVA explican que «el beneficiario debe obtener rendimientos anuales totales que no superen la cuantía resultante de sumar al límite para cobrar los complementos por mínimos de las pensiones contributivas el importe anual de la pensión mínima de viudedad con cargas familiares».

OTRAS EXCEPCIONES

Desde el 1 de enero de 2019, la Seguridad Social contempla una cuantía de la pensión de viudedad en el 60% de la base reguladora para las personas mayores de 65 años. Se trata de otras excepciones que aumentan el porcentaje normal de una pensión de viudedad.

Para ello, la persona beneficiaria y mayor de 65 años no debe tener derecho a otras pensiones públicas ni recibir ingresos por la realización de trabajos por cuenta ajena o por cuenta propia.

Hay que tener en cuenta que las pensiones de viudedad se devengan en 14 pagas durante el año (12 pagos ordinarios y dos pagas extraordinarias). Las pensiones que derivan de accidente de trabajo o enfermedad profesional se devengan en 12 pagas al año, ya que las pagas extras se encuentran prorrateadas.

PENSIÓN MÍNIMA Y MÁXIMA

Cada año, el Gobierno de España recoge en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) las cuantías de pensión mínima que se pueden cobrar por una pensión de viudedad, en función de diferentes factores. Así quedan estos importes mínimos para el año 2023:

CUANTÍAS MENSUALES CUANTÍAS ANUALES
Con cargas familiares 905,90 12.682,60
Con 65 años o con discapacidad = >65% 783,10 10.963,40
Entre 60 y 64 años 732,60 10.256,40
Menor de 60 años 593,30 8.306,20

Por su parte, el Ejecutivo Central también aprueba una cuantía de pensión máxima para todas las pensiones contributivas del sistema español (jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares).

En este año 2023, el máximo que se puede cobrar por una pensión contributiva en España es de 3.059 euros al mes. Supone una cuantía de 42.829 euros anuales, distribuidos en 14 pagas al año.

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