Desde el pasado 1 de octubre, los trabajadores pueden disfrutar de la igualación del trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo. Esto quiere decir que el trabajo a tiempo parcial ahora se considera igual al trabajo a tiempo completo cuando se calculan los períodos de cotización necesarios para otorgar pensiones por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, así como por nacimiento y cuidado de menor.
Esta reforma se encuentra plasmada en el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, que ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Este decreto aborda «medidas urgentes para ampliar los derechos de los pensionistas, reducir la brecha de género y establecer un nuevo marco de sostenibilidad para el sistema público de pensiones».
Pero esta no es la única medida que veremos en los próximos años ya que, según el ministro José Luis Escrivá, también se realizará una adeucación del periodo de cómputo, aunuqe esto será a partir del año 2026.
Podrás escoger entre el cómputo de 25 o 29 años para la jubilación
Según el ministro Escrivá, a partir del año 2026 se establece un régimen dual del periodo del cómputo para los próximos 10 años, que será beneficioso para la jubilación de los trabajadores. Se podrá escoger entre los 29 últimos años de carrera, descartando los peores 24 meses, y el cómputo actual de los 25 últimos años.
La primera posibilidad se desplegará progresivamente durante 12 años a partir de 2026. Esto beneficiará especialmente a los trabajadores con carreras irregulares.
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— Información TGSS (@info_TGSS) October 4, 2023
Así que el jubilado conservará la libertad de decidir si prefiere calcular su pensión según los 25 años actuales o de acuerdo con los 29 años. Por lo general, se optará por la opción que otorgue una pensión más alta, pero en el caso de que alguien prefiera una pensión menor, también podrá comunicarlo a la Seguridad Social.
Otro cambio en la Seguridad Social: el trabajo a tiempo parcial se contará como jornada completa
Una de las modificaciones en el cálculo de la cotización implica la igualación del trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo. Según la Seguridad Social, esta medida tiene como objetivo asegurar que los más de 2 millones de trabajadores con contratos a tiempo parcial no sufran desventajas al acceder a estas prestaciones debido a la aplicación de coeficientes de parcialidad.
??El trabajo a tiempo parcial se equipara con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos necesarios para causar derecho a las prestaciones.
?A partir del 1 de octubre
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Estos son algunos de los últimos cambios en la Seguridad Social, aunque parece que se avecinan algunos más importantes que tendremos que tener en cuenta.