El reconocimiento de la incapacidad permanente total por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) requiere en la mayoría de los casos la percepción de una pensión equivalente al 55% de la base imponible legal.
No obstante, en determinadas situaciones se puede solicitar un incremento del 20% en el importe total de la pensión de incapacidad permanente. Esto significa que recibirá una pensión del 75% de la base imponible legal. Para ello es necesario cumplir con los requisitos exigidos por la seguridad social.
Debe recordarse que la incapacidad total para el trabajo impide al trabajador ejercer su ocupación habitual. No obstante, la pensión es compatible con otro empleo que no se oponga al grado de invalidez reconocido.
Incapacidad permanente total cualificada
Si la incapacidad permanente total pasa a ser incapacidad permanente total cualificada, el beneficiario podrá percibir una pensión equivalente al 75% de la base legal. Es decir, se trata de un incremento significativo en el monto a recibir por concepto de pensión contributiva.
![Persona con incapacidad permanente total./ Licencia Adobe Stock](https://vibes.okdiario.com/wp-content/uploads/2023/07/incapacidad-permanente-derechos.jpg)
En particular, para tener derecho al incremento del 20% de la pensión contributiva, el beneficiario de incapacidad permanente total deberá cumplir las dos condiciones siguientes:
- Ha alcanzado la edad de 55 años o más.
- Estar desempleado.
Además, los expertos de CampmanyAbogados informan de que “no se podrá cobrar el incremento del 20% si la persona percibe la prestación por desempleo obtenida a través de un empleo anterior, al mismo tiempo que la renta de jubilación”.
Solicitud de aumento del 20%
Según recoge Tododisca, la incapacidad permanente total cualificada y el correspondiente incremento de la pensión en un 20% se puede solicitar directamente a través de Internet en la oficina electrónica de la Seguridad Social. Siempre que, por supuesto, el beneficiario tenga al menos 55 años y su situación reúna las condiciones descritas anteriormente.
Se puede solicitar online en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Por ello, los expertos de “CampmanyAbogados” advierten que “el tipo de invalidez que debes tener asignada es la incapacidad total, ni parcial ni absoluta ni grave”.