Cómo declarar una herencia cobrada en 2023 en Hacienda

Para todas las personas que recibieron una herencia en el 2023, tendrán que contemplarlo en la declaración de la Renta de este año.

Cómo declarar una herencia cobrada el año anterior

Cómo declarar una herencia cobrada el año anterior

En el momento en que se recibe una herencia, la anticipación de disfrutar de los bienes legados a menudo se ve acompañada de una obligación menos emocionante pero crucial como es declararla en la Renta.

Este proceso adquiere particular relevancia para aquellos que han heredado de seres queridos fallecidos en el año fiscal anterior, en este caso, el 2023, un recordatorio enfatizado por la Agencia Tributaria.

El marco regulatorio que rige esta situación es el Impuesto de Sucesiones, un elemento que ha suscitado desacuerdo entre diversos contribuyentes. A pesar de las opiniones divergentes, el pago de este impuesto se presenta como una obligación ineludible, esencial para evitar complicaciones legales más graves.

Declarar una herencia del 2023

La complejidad del proceso no se limita a la mera declaración de los activos heredados en la Renta, ya que se extiende a la necesidad de liquidar este impuesto en un período que no debe exceder los seis meses, asegurando así el pleno disfrute de la herencia.

En el año fiscal 2024, el calendario tributario marca el periodo entre el 1 de marzo y el 30 de junio para la presentación de la Declaración de la Renta. Este intervalo temporal se convierte en la ventana para que los contribuyentes ajusten cuentas con Hacienda, reportando los ingresos generados durante el ejercicio fiscal previo. Las herencias, como componente económico crucial para muchos, desempeñan un papel destacado en este proceso.

Dentro del variado catálogo de activos heredados, la propiedad inmobiliaria emerge como uno de los bienes más comunes y valiosos. En la coyuntura actual, poseer una vivienda propia constituye más que un activo, ya que se presenta como una oportunidad rentable, especialmente cuando se contempla la posibilidad de alquilarla o venderla, teniendo en cuenta las dinámicas del mercado inmobiliario.

Tributación de la herencia

La tributación de las herencias en la Renta adopta formas diversas según la naturaleza de los activos. En el caso específico de las viviendas heredadas, el tratamiento fiscal depende de si se efectuó su venta durante el ejercicio fiscal precedente o si se encuentran bajo contrato de alquiler. En el primer escenario, el beneficiario asume la carga fiscal por la diferencia entre el valor heredado y el monto de la venta final. Por otro lado, en el caso del alquiler, el proceso se simplifica al declarar en la Renta los ingresos generados como rendimiento de capital inmobiliario.

No obstante, las herencias no se limitan exclusivamente a propiedades inmobiliarias. Otros activos, como acciones o cuentas bancarias, también pueden ser legados. En estas instancias, la declaración en la Renta se torna necesaria al vender las acciones o cuando los fondos heredados generan intereses en las cuentas bancarias.

Un matiz esencial que merece destacarse es que lo que se declara en la Renta no son los bienes heredados, sino los rendimientos patrimoniales generados durante el año fiscal previo a la presentación de la declaración. La ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) establece claramente que la renta sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones no está sujeta a este impuesto. En otras palabras, aunque la vivienda heredada esté sujeta al Impuesto de Sucesiones, los beneficios derivados de su venta o alquiler deben ser declarados en la Renta. Este matiz jurídico es fundamental para comprender plenamente la obligación tributaria asociada a las herencias.

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