El reparto de la herencia es un proceso que en ocasiones se torna tedioso debido al gran desconocimiento que existe en torno a esta gestión. Y es que aunque la muerte forma parte de la vida, y todos llegaremos a ello, anteponerse a esta situación o situarse en el escenario de la pérdida de un familiar, no es tarea fácil.
Esto puede deberse a varios motivos. En primer lugar, porque vivimos en una sociedad donde todo lo relativo al derecho de sucesiones, guarda un cierto tabú. Tanto por el hecho de tratar asuntos peliagudos del futuro con los que puedan abrirse heridas y conflictos, como por el hecho de enfrentarnos a un momento triste y desconocido.
Sin embargo, precisamente hablar de la voluntad que tenemos con respecto a la herencia a nuestros herederos, y dejar preparadas ciertas gestiones, puede aliviar ese peso a futuro e incluso evitar conflictos. De hecho, de conocerse este proceso, serían muchas más las personas que se decantarían por otorgar un testamento.
Uno de los síntomas del gran desconocimiento que existe hacia este tema, es que muchas personas precisamente confunden lo que es una herencia y lo que es un testamento. Por ello, es importante dejar clara la definición de cada una:
- Herencia. Comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extingan por su muerte.
- Testamento. El acto mediante el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos.
El primer paso para tramitar una herencia
Tramitar una herencia es un ‘paso a paso’ donde no se puede dejar nada al azar. Solicitar documentos, liquidar impuestos, cumplir con los plazos, firmar escritura, etc… Es tan complejo, que para evitar problemas lo mejor es acudir a un profesional experto en la materia. De este modo, además de orientarnos sobre nuestro caso concreto, nos guiará en el proceso. No obstante, es importante conocer pasos previos que sí o sí vamos a tener que seguir.
![Herencia, testamento, heredero](https://vibes.okdiario.com/wp-content/uploads/2023/06/Existe-un-gran-desconocimiento-en-torno-al-reparto-de-una-herencia-1-jpg.webp)
El primer paso para tramitar una herencia, es hacerse con dos documentos fundamentales para el proceso. En primer lugar, el certificado de defunción. Este puede solicitarse pasadas 24 horas a través de la funerario o en el Registro Civil. Sin duda es un papel vital para el resto del procedimiento. En segundo lugar, el Certificado de Últimas Voluntades. Este descubrirá a los herederos si el causante otorgó testamento y en caso afirmativo, en qué notario lo hizo.
¿Qué pasa después?
Si el causante otorgó testamento, el siguiente paso será solicitarlo en la Notaría donde el testador lo hiciese. Debes saber que sólo los herederos tienen potestad para solicitar este documento. De hecho, si alguien creyéndose sucesor lo pidiese y no apareciese en él, no tendría derecho a descubrir lo allí expuesto. Una vez leído el testamento, los herederos deberán decidir si aceptan o renuncian a la herencia. Con la decisión tomada, deberán realizar escritura pública ante notario.
Por el contrario, si el causante no hubiese otorgado testamento, la herencia se repartiría conforme marca la ley. En este caso, habría que hacer un inventario del caudal hereditario del causante y nombrar a los herederos. Esto se haría mediante una Declaración de Herederos. Un procedimiento notarial que se tramita con la finalidad de acreditar y decir, quién es la persona o personas, que tienen derecho a la herencia del fallecido.
No obstante, para llevar a cabo el reparto de la herencia, hacen falta otros documentos. Estos son necesarios en su mayoría, para acreditar el caudal hereditario, el valor del mismo y que este pertenecía al fallecido. Hablamos de: El certificado bancario donde consten las cuentas y productos financieros, certificado catastral dónde aparezcan las fincas tantos rústicas como urbanas, escrituras de las propiedades con sus notas simples del Registro de la Propiedad y datos del vehículo o permiso de circulación.