ElInstituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es el organismo encargado de gestionar tanto la pensión contributiva como la no contributiva. Esta es de las pocas cosas en común que tienen estas dos prestaciones. Pues a pesar de diferenciarse solo en una palabra, esta cambia el sentido de gran parte de su razón de ser.
En España, las pensiones son una compensación económica que el Estado distribuye de manera periódica por distintas causas. No obstante, todas ellas tienen en común la imposibilidad de acceder de otra forma a un salario. Los beneficiarios pueden acceder a esta ayuda por jubilación, incapacidad permanente u otro tipo de causa contemplada.
Pero, ¿Qué diferencias existen entre una pensión contributiva y una pensión no contributiva? Una de las diferencias más significativas, es la necesidad de haber cotizado a la Seguridad Social. En el primero de los casos, es indispensable tener al menos 15 años cotizados. Sin embargo, la pensión no contributiva, está destinada a aquellas personas que no han cotizado lo suficiente.
Pensión contributiva
La cuantía es otro de los factores diferenciales entre las dos pensiones. En el caso de la pensión contributiva, los años cotizados son fundamentales para determinar el importe. De hecho, para cobrar el 100 por cien de la pensión, es necesario haber cotizado 37 años y seis meses o tener 66 años y dos meses de edad. El otro factor a tener en cuenta es la base reguladora del último salario.
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Y es que los años cotizados a la Seguridad Social son el requisito primordial además, para acceder a esta pensión. Por tanto, los beneficiarios que pueden cobrar esta prestación pueden hacerlo por jubilación, incapacidad permanente o en favor de familiares.
No obstante, todos ellos deben haber cotizado al mes 15 años para poder solicitar esta ayuda. Cabe señalar, que puede darse el caso de que al solicitante le falte poco tiempo para alcanzar este mínimo. En este caso, la persona podrá acogerse a la ‘doctrina del paréntesis’. Esta opción permite cotizar los años que aunque trabajó, no estuvo dado de alta.
Pensión no contributiva
En cuanto a la pensión no contributiva, las personas susceptible de acceder a ella son las que no han cotizado lo suficiente para acceder a la pensión contributiva. Además, el solicitante deberá acreditar que no tiene ingresos o que estos, son inferiores a los 5.899,60 euros anuales. En cuanto a la cuantía, otra de las diferencias con la contributiva es que es un importe fijo.
Otro punto diferencial es el organismo a quien dirigirse para acceder a ella. En este caso, es el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) el que se encarga de procesar las solicitudes. Por tanto, es ahí donde todos los solicitantes deben dirigirse para pedir cobrar esta prestación económica.
En este sentido, dichos organismo distingue entre dos tipos. Por una parte, las pensiones no contributivas por jubilación. Esta podrá solicitarse llegado a la edad de jubilación, en este año, 66 años y cuatro meses. También, contemplan las pensiones no contributivas por invalidez. En este caso, el solicitante debe tener entre 18 y 65 años y más de un 65 por ciento de discapacidad.