La Seguridad Social en el contexto español establece un límite de edad para acceder a la incapacidad permanente, a saber, la prestación económica que se establece para aquellos trabajadores que como consecuencia de una enfermedad o de un accidente sufrido en el trabajo ya no pueden dedicar su esfuerzo laboral a la profesión que venían desarrollando hasta ese momento. Pero existe un límite de edad para el derecho a esta prestación, de modo que no todos los trabajadores pueden acceder a la incapacidad permanente.
Para poder acceder a una incapacidad permanente, los trabajadores deberán de cumplir con ciertos requisitos, y uno de ellos consiste en encontrarse de alta en la Seguridad Social, las fechas del accidente o la fecha de la enfermedad que les haya producido la incapacidad permanente. Pero la edad torna en un factor determinante a la hora de valorar el acceso con el que se opta a esta prestación.
Edad máxima para acceder a la incapacidad permanente
La incapacidad permanente, en el contexto de la legislación de la Seguridad Social de España no se reconoce a los trabajadores que ya han cumplido con la edad legal de jubilación en este país. Es decir, los trabajadores pueden acceder a esta prestación económica en la medida en la que no hayan llegado a la edad de jubilación. Una vez se ha llegado a la edad de jubilación legal, la Seguridad Social dictamina que el trabajador tiene que solicitar la pensión de jubilación, renunciando el trabajador a la incapacidad permanente.
En 2024, la edad para jubilarse mantenía el umbral de los 65 años en el caso de que el trabajador haya cotizado durante al menos 38 años, pero si no ha llegado a cotizar lo mencionado hasta 66 años y seis meses no podrá acceder a su jubilación. Esto también limita el acceso para la incapacidad permanente.
Requisitos para acceder a la incapacidad permanente en el año 2024
Para acceder a la incapacidad permanente hay que cumplir unos requisitos que van más allá de la edad. La Seguridad Social realiza una evaluación del grado de incapacidad que presenta el solicitante, lo que determina la cuantía que va a recibir. Esta prestación económica se encuentra vinculada a las pensiones de carácter contributivo, de modo que la base reguladora de cada trabajador determinara el importe mensual a la que tiene derecho a acceder si se ha visto afectado por una situación de incapacidad permanente.
Cuando el trabajador cumple la edad de jubilación, tiene que renunciar a la incapacidad permanente y limitarse a la pensión de jubilación, la cual se obtiene en función de los años efectivamente cotizados y de la base reguladora de la actividad laboral desarrollada por el trabajador. A tal efecto, la regulación busca coordinar la percepción, renunciando a la duplicidad de percepciones: es decir, se aseguran percepciones para aquellas personas que, si bien han resultado incapaces para trabajar, todavía no han llegado a la jubilación, así como la posibilidad de que aquellas personas que sí han alcanzado la jubilación dejen de percibir toda percepción económica, con independencia del enfoque que tenga su incapacidad o incapacidad permanente, cumpliendo así la solidaridad social de la jubilación. En la misma línea en que se han venido indicando, el año de jubilación va a aumentar durante los próximos años.