El subsidio por desempleo es una prestación pública asistencial de carácter económico y permanente, y cualquier persona que pierda su puesto de trabajo, tiene la posibilidad de acceso a un ingreso mensual.
En España, el Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) dispone de diferentes prestaciones para aquellas personas que se encuentren en esta situación.
El subsidio por desempleo otorga una protección a aquellas personas que no han cotizado el tiempo establecido para poder solicitar la prestación por desempleo (el paro) o por agotamiento de la prestación por desempleo, pero donde radica la principal diferencia entre la prestación por desempleo y el subsidio es por el tiempo trabajado.
Cómo solicitar el subsidio por desempleo
Si una persona es despedida de su puesto de trabajo sin haber cotizado 360 días, tendrá derecho a un subsidio por desempleo. La duración del subsidio va a depender del número de meses que ha cotizado y las responsabilidades familiares.
- Los requisitos que deben cumplirse en el momento de que se produzca la situación:
- Estar desempleado o desempleada.
- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante el tiempo que se perciba el subsidio.
- Haber trabajado y cotizado por desempleo durante al menos 3 meses.
- No percibir rentas de cualquier tipo que superen en 75% del salario mínimo interprofesional.
La duración del subsidio en el caso de tener responsabilidades familiares será de tres, cuatro o cinco meses, dependiendo del tiempo cotizado. Si la cotización es de seis meses o más, el tiempo de duración de la prestación será de 21 meses.
En el caso de que no existan responsabilidades familiares, la duración será de seis meses en el caso de haber cotizado seis meses o más con el límite de 360 días.
La cuantía a percibir, se ha vuelto a ver incrementada, siendo del 95% sobre el IPREM durante los seis primeros meses, lo que se corresponde a 570 euros mensuales. Los seis meses siguientes se corresponde con un 90% del IPREM, lo que equivale a unos 540 euros al mes, y para el resto del periodo será una cantidad de 480 euros al mes.
Qué días se cobra la prestación
Para todas las personas que cobren cualquier tipo de prestación, es necesario conocer el día en que podrán disponer del dinero. Según establece el Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE), el pago de prestaciones se produce el día 10 de cada mes, o si es festivo, se realizará el día hábil siguiente, aunque en algunos casos puede realizarse como máximo el día 15 de cada mes.
Sin embargo, algunas entidades bancarias realizan los ingresos a sus clientes antes del día establecido debido a la centralización de la cuenta con la Tesorería General de la Seguridad Social, es por ello la razón por la que no todos los beneficiarios perciben sus prestaciones el mismo día.
Los principales bancos abonarán el dinero a sus clientes en estas fechas:
- Banco Santander: 5 de abril
- Openbank: 5 de abril
- Abanca: 10 de abril
- Banco Sabadell: 10 de abril
- Bankinter: 10 de abril
- BBVA: 10 de abril
- CaixaBank: 10 de abril
- Cajamar: 10 de abril
- Ibercaja: 10 de abril
- ING: 10 de abril
- Unicaja: 10 de abril