Los beneficiarios de una incapacidad permanente podrán acceder a ayudas cumpliendo unos requisitos. Esta pensión, gestionada por la Seguridad Social, busca compensar la pérdida de ingresos por lesión o enfermedad que limita o elimina la capacidad laboral de una persona.
Sin embargo, en muchos casos, hay complementos o ayudas para poder aumentar el ingreso mensual y así sumar un extra a tu prestación.
Compatibilidad de ingresos con la incapacidad permanente
La pensión de incapacidad permanente es compatible con ingresos derivados de actividades económicas, aunque la cantidad de estos ingresos va a depender del grado de incapacidad que se haya reconocido. Por ejemplo, en el caso de la incapacidad permanente total, el beneficiario puede hacer trabajos que no entren en conflicto con sus limitaciones. Es importante asegurarse de que estos ingresos adicionales no superen los umbrales establecidos por la normativa, ya que podría afectar la pensión en sí misma.
Una de las ayudas compatibles con la incapacidad permanente es el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Este complemento viene de la unificación de los antiguos complementos por maternidad y paternidad, y está dirigido a quienes que acrediten una interrupción o perjuicio en su carrera de cotización debido al nacimiento o adopción de hijos.
Las mujeres son las más afectadas por esta situación, pero los hombres que cumplan con las condiciones también podrán solicitar este complemento, siempre que puedan demostrar que su carrera laboral se vio afectada de forma similar. El complemento es de 33,20 euros al mes, 464,8 euros anuales, por cada hijo.
Existen otros tipos de ayudas que, bajo circunstancias específicas, pueden ser compatibles con la pensión de incapacidad permanente. Si una persona con incapacidad permanente total ejerce un empleo compatible con sus limitaciones y genera derecho a desempleo, podría acceder a esta prestación en caso de despido o finalización de contrato.
Por otro lado, el subsidio para mayores de 52 o 45 años también podría ser compatible, aunque el principal obstáculo para percibirlo suele ser el límite de ingresos exigido, que no debe superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual.
Prestaciones incompatibles
Es importante tener en cuenta que no todas las ayudas son compatibles con la incapacidad permanente. Entre las más destacadas se encuentran la Renta Activa de Inserción (RAI) y el Ingreso Mínimo Vital, que no se pueden percibir al mismo tiempo que la pensión por los mismos motivos a los que afectan a los subsidios por desempleo.
No obstante, si además de la incapacidad permanente se posee un certificado de discapacidad igual o superior al 33%, expedido por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o un órgano competente autonómico, se podría acceder a la RAI en ciertos casos, lo que abre una ventana de oportunidad para quienes se encuentren en esta situación.
Por tanto, los beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente, deberán conocer las opciones adicionales de ayudas y complementos disponibles. La normativa es clara en cuanto a las limitaciones, pero también ofrece posibilidades para quienes cumplen los requisitos adecuados. En todos los casos, es recomendable realizar consultas específicas con asesores legales o expertos en prestaciones sociales para maximizar los ingresos sin comprometer la pensión.