La Seguridad Social ha sido clara y contundente a este respecto en el sentido de que la pensión de incapacidad permanente que perciben los beneficiarios de este tipo de ayudas económicas pueden verse revisadas, es decir, que son revisables. En general, los trabajadores que suelen ser beneficiarios de este tipo de pensión son aquellos afectados por una enfermedad o un accidente que les impide ya desarrollar su trabajo profesional, tras haber cotizado un tiempo suficiente para tener derecho a la misma.
De lo que muchas personas no son conscientes es que este tipo de pensión económica es revisable. Esto explica el hecho de que la polémica ha crecido en los últimos meses y es que, según las normas, si un trabajador que era beneficiario empieza a recuperarse en algún sentido, su incapacidad puede verse modificada.
Eso quiere decir que la cuantía que percibe en concepto de pensión puede ser reducida e incluso puede llegar a perder toda la cuantía de la pensión que podía percibir como incapacidad. Pero no solo eso: si existe una declaración que confirme que el beneficiario ha percibido dinero teniendo ya fuera su derecho a percibir la incapacidad permanente, tendrá que devolver el dinero de una forma inadecuada, es decir, sin tener derecho a percibirlo.
Motivos para devolver el dinero de la incapacidad permanente
El regreso a la actividad del mundo laboral de una forma incompatible con la pensión es uno de los motivos más comunes que motivan a la seguridad social a revisar los distintos y muy variados casos de incapacidad permanente. Cuando un trabajador realiza actividades laborales incompatibles con su diagnóstico, el sistema tiene derecho a estudiar el caso, dado que puede entenderse que la situación está mejorando, pudiendo el organismo determinar que, si se produce una mejora en la salud de la persona, el trabajo que está desempeñando cuestiona la veracidad de su estado de salud. En dicho supuesto, la pensión será revocada y, además, el trabajador tendrá que devolver todas las cantidades percibidas por la pensión hasta la fecha de revocación.
Otra de las razones que llevarán a la revisión de la pensión es que se observarán actividades o conductas diarias del beneficiario como incompatibles con el supuesto estado de incapacidad. Estas actividades observadas por la seguridad social se pueden considerar pruebas contradictorias con la gravedad del problema de salud del beneficiario y se pueden encuadrar en realizar actividades físicas o deportivas que el diagnóstico inicial consideraba fuera del alcance de esa persona.
Error en el diagnóstico
Por último, en ocasiones se revisan pensiones por fallos en el diagnóstico. Si se establece que el trabajador no debería haber percibido aquella pensión, la Administración podrá igualmente exigir la devolución de las cantidades ya pagadas. El proceso de recuperación de dinero siempre suele ser un verdadero mazazo para el trabajador, al que ya, mayoritariamente, no le había llegado la noticia de una posible reclamación de tal naturaleza.
La llamada de atención que realiza la Seguridad Social, por su peso específico, tiene que ver en conseguir la compatibilidad de la descripción del estado de salud que presenta el beneficiario con la posibilidad de no retomar la actividad laboral, sin ninguna autorización explícita. Crece el número de casos de devolución de dinero en las pensiones y esto es una cruenta dificultad para aquéllos que, en sus leyes de naturaleza, confiaban muy bien en la continuidad de su pensión.