Dos personas van a juicio por apropiarse de una herencia para varias mascotas

La persona fallecida dejó la herencia para el cuidado de las mascotas

Herencia mascota

Dos personas van a juicio por apropiarse la herencia de una mascota

Una controversia ha llegado a los juzgados en Ontinyent, localidad de Valencia, donde la presidenta y el tesorero de una asociación dedicada a la protección de animales se encuentran acusados de haberse quedado, para su propio bien, con parte de una herencia muy significativa que había sido destinada a tal entidad. Esta herencia fue donada por medio del testamento por una mujer y debía utilizarse para atender lo que fuera necesario para los animales que estaban amparados, acogidos o recogidos por la protectora.

Pero, en lo que sostiene la Fiscalía, serían las acusadas, en este caso, las que habrían hecho uso de los fondos acaparados para atender necesidades que no pertenecían a la entidad con relación a la que supuestamente se ha beneficiado.

La herencia llegaba a sumar un total de 115.772 euros y fue depositada en la cuenta de la asociación ya en 2015. Las disposiciones a las que se habían utilizado los ahora reclamados fondos debían tener la firma de por lo menos dos miembros del colectivo ejecutivo. La Fiscalía ha argumentado la investigación realizada respecto a esta forma de utilización de la herencia por la que, entre otras variaciones, se produjeron algunas retiradas de efectivo y alguna baja de crédito, pero sin llegar a la justificación de cómo fue utilizado el dinero para la protección y garantía de los animales.

El juicio está convocado para el lunes 25 de noviembre en la Audiencia Provincial de Valencia. La Fiscalía tiene estimada pedir una pena de prisión de tres años y seis meses de cárcel para ambos acusados de apropiación indebida y que, además, pone encima de la mesa la forma ética que pueden tener las asociaciones, pero, también lo que sería la recepción de una herencia destinada a causas solidarias.

¿Qué dice la ley sobre las herencias que van dirigidas a animales?

La legislación española dice que, para que los animales hereden, tienen que tener el mismo estatus legal que un sujeto, lo que se excluye. Esto ha quedado expresamente claro con la modificación del Código Civil en el año 2021, que ha puesto a los animales como «seres sintientes», alejándose del concepto de simple bien. Aunque no existe uno exclusivo, hay posibilidades legales para ocupar el bienestar de las mascotas después de la muerte de su dueño. Por ejemplo, se puede incluir la posibilidad de dejar fondos específicos en un testamento únicamente para el bienestar del animal. Estos fondos pueden cubrir gastos que incluyan comida, atención veterinaria y otras necesidades especiales. Puede ser también que, a la herencia se le puede poner condiciones a un beneficiario, según quien tome la responsabilidad sobre el animal; de no ser así, se puede correr el riesgo de perder los bienes heredados. De no haberse hecho alguna disposición testamentaria, la mascota podría irse con el más próximo heredero que la demande. En caso de las disputas entre los diversos herederos, la decisión se volcaría en manos de un juez. Si no existe ningún tipo de reclamo, la administración pública le daría una disposición a la asociación o a otro responsable.

La confianza en las asociaciones

Este juicio ha planteado interrogantes sobre varias organizaciones que están sosteniendo donaciones. La situación no solo impacta a la asociación en cuestión, sino que también podría afectar a la confianza hacia futuros donantes a otras entidades. Las asociaciones de protección animal funcionan por lo habitual con recursos limitados, y muchas de ellas dependen exclusivamente de la buena voluntad de la gente. Casos de esta magnitud subrayan tal o cual importancia que un respeto se ha de dar sin fisuras.

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