No obstante, aquellos que no reúnan los requisitos para recibir esta prestación también pueden optar por un subsidio de la Seguridad Social. Desde la página web de la Seguridad Social, informan que la persona beneficiaria de esta ayuda debe ser «el cónyuge o la pareja de hecho superviviente, cuando no pueda acceder a la pensión de viudedad por no acreditar, respectivamente, que su matrimonio con el causante ha tenido una duración de 1 año».
Además, también podrán acceder a esta prestación aquellos que aleguen: «la inexistencia de hijos comunes. O que su inscripción como pareja de hecho en alguno de los registros específicos existentes en las comunidades autónomas o ayuntamientos del lugar de residencia o su constitución mediante documento público se han producido con una antelación mínima de 2 años respecto de la fecha del fallecimiento del causante, siempre que concurran el resto de requisitos generales exigidos (alta y cotización del causante)».
Cuantía y período establecido para recibir la prestación
La Seguridad Social informa a los interesados que la cuantía de la prestación de la pensión temporal de viudedad es la misma que la de la pensión de viudedad que le hubiera correspondido. Por lo que durante este período de tiempo, recibirá la misma cantidad de dinero que hubiera recibido su cumpliera con los requisitos establecidos para este subsidio.
![Prestación, Mayores, Pensión, Seguridad Social](https://vibes.okdiario.com/wp-content/uploads/2023/04/dinero-efectivo-economia-1024x631.jpg)
Eso sí, la diferencia principal está en el período de tiempo en el que se recibe esta prestación de la Seguridad Social. Ya que en este caso, se establece una duración de 2 años. En los cuáles los beneficiarios recibirán ingresos repartidos en 14 pagas al año.
Esto significa que hay dos pagas extras en verano y Navidad, excepto los casos de muerte por accidente de trabajo o enfermedad profesional, que están prorrateadas en 12 mensualidades al año.
Para solicitar esta ayuda social, deberás acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social y reunir los documentos que sean requeridos por el organismo para validar tu situación. De esta forma, al igual que la solicitud de la pensión de viudedad, la entrega también se realiza mediante el ‘Formulario de Solicitud’, junto a la documentación necesaria en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
Cuando una persona fallece, si comparte vivienda habitual con otra persona, esta verá reducida su economía de forma considerable. Ya que sufrirá un desequilibro económico que no le permitirá tener el mismo nivel de vida por mucho tiempo. La Seguridad Social ofrece una pensión de viudedad a aquellos que cumplan con unos requisitos establecidos para esta prestación. No obstante, si estos no se cumplen, pueden recibir una pensión temporal de viudedad durante un tiempo determinado.
En este sentido, esta prestación está destinada a aquellas personas viudas que necesiten ingresos adicionales para mantener su poder adquisitivo tras la muerte de uno de los cónyuges o parejas de hecho. Cuando estos no puedan acceder a una pensión de viudedad de la Seguridad Social por distintos motivos, que deben reflejarse en la documentación aportada en la solicitud.
Para que puedas tener toda la información necesaria acerca de esta prestación del Gobierno, en este artículo de VIBES te vamos a contar todo lo que debes hacer para solicitarla. Así como los requisitos que exigen para ser beneficiarios de esta ayuda social.
¿Quiénes pueden beneficiarse de la pensión temporal por viudedad?
La Seguridad Social es el organismo encargado de gestionar y facilitar prestaciones sociales para aquellas personas que necesitan ingresos adicionales en su economía. En este caso, la pensión de viudedad es la cuantía de la que se benefician aquellas personas que han perdido a la pareja con la que conviven y necesitan mantener un nivel económico estable.
No obstante, aquellos que no reúnan los requisitos para recibir esta prestación también pueden optar por un subsidio de la Seguridad Social. Desde la página web de la Seguridad Social, informan que la persona beneficiaria de esta ayuda debe ser «el cónyuge o la pareja de hecho superviviente, cuando no pueda acceder a la pensión de viudedad por no acreditar, respectivamente, que su matrimonio con el causante ha tenido una duración de 1 año».
Además, también podrán acceder a esta prestación aquellos que aleguen: «la inexistencia de hijos comunes. O que su inscripción como pareja de hecho en alguno de los registros específicos existentes en las comunidades autónomas o ayuntamientos del lugar de residencia o su constitución mediante documento público se han producido con una antelación mínima de 2 años respecto de la fecha del fallecimiento del causante, siempre que concurran el resto de requisitos generales exigidos (alta y cotización del causante)».
Cuantía y período establecido para recibir la prestación
La Seguridad Social informa a los interesados que la cuantía de la prestación de la pensión temporal de viudedad es la misma que la de la pensión de viudedad que le hubiera correspondido. Por lo que durante este período de tiempo, recibirá la misma cantidad de dinero que hubiera recibido su cumpliera con los requisitos establecidos para este subsidio.
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Eso sí, la diferencia principal está en el período de tiempo en el que se recibe esta prestación de la Seguridad Social. Ya que en este caso, se establece una duración de 2 años. En los cuáles los beneficiarios recibirán ingresos repartidos en 14 pagas al año.
Esto significa que hay dos pagas extras en verano y Navidad, excepto los casos de muerte por accidente de trabajo o enfermedad profesional, que están prorrateadas en 12 mensualidades al año.
Para solicitar esta ayuda social, deberás acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social y reunir los documentos que sean requeridos por el organismo para validar tu situación. De esta forma, al igual que la solicitud de la pensión de viudedad, la entrega también se realiza mediante el ‘Formulario de Solicitud’, junto a la documentación necesaria en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).