La pensión de incapacidad permanente es una de las principales dentro del sistema de prestaciones de la Seguridad Social en España, y también una a las que más afectarán las novedades, como parte de la reforma anual, que repercutirá en una subida de sus cuantías mínima, máxima y ordinaria, de cara a los próximos meses. Sin embargo, en este tipo de prestaciones, también puede darse la circunstancia de que sus beneficiarios dejen de cobrar la prestación, por diferentes motivos.
La Seguridad Social tiene derecho a retirar la pensión de incapacidad permanente a una serie de ciudadanos que por diferentes motivos relacionados con su evolución y su situación actual, ya no deban o puedan recibirla. Los escenarios más comunes los repasamos en la lista que viene a continuación.
- Mejoría en la salud: En caso de que la persona que recibe la pensión por incapacidad permanente experimente una mejora significativa en su estado de salud, un tribunal médico, en una de las revisiones que se pueden realizar, puede determinar la retirada inmediata de la prestación.
- Reincorporación al trabajo: Si el caso que se da es que el beneficiario vuelve a trabajar, aunque no lo haga en el mismo empleo por el que se le dio la incapacidad permanente, se puede retirar la pensión. en este caso sus ingresos deben superar ciertos límites establecidos por las normativas y entonces la pensión podría suspenderse o retirarse.
- Alcance de la edad de jubilación: No llega a todos los casos y sólo a algunos, en los que la pensión por incapacidad permanente se convierte automáticamente en una pensión de jubilación al alcanzar la edad legal de jubilación.
- Muerte del beneficiario de la pensión: Si se da el fallecimiento del beneficiario, la pensión se retirará
También debemos tener en cuenta que esta es la normativa que rige en la Seguridad Social de España y que según el sistema de cada país pueden existir normativas específicas. Las decisiones sobre la retirada de la pensión de incapacidad permanente se toman, por norma general, aunque no en todos los casos, después de evaluar la situación médica y laboral del beneficiario, y se realizan de acuerdo con las leyes y regulaciones vigentes.
Tipos de incapacidad permanente en España
1. Incapacidad Permanente Parcial: El trabajador afectado sufre una disminución no inferior al 33% en su rendimiento habitual para su profesión, pero puede seguir desempeñando sus tareas habituales en el trabajo.
2. Incapacidad Permanente Total: En ella, el trabajador no puede realizar las tareas fundamentales de su profesión, pero sí puede dedicarse a otra diferente.
3. Incapacidad Permanente Absoluta: El trabajador queda inhabilitado para realizar cualquier tipo de trabajo.
4. Gran Invalidez: Se concede cuando el trabajador afectado por una incapacidad permanente absoluta necesita la asistencia de otra persona para realizar actividades básicas de la vida diaria. Es la gran diferencia entre estos dos casos.
5. Incapacidad Permanente en Grado de Gran Invalidez por Consecuencias de Enfermedad Común: Hablamos de un caso que es similar a la gran invalidez, pero la diferencia aquí está en que la causa es una enfermedad no derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional.