Los motivos por el que todavía pueden despedirte con una incapacidad permanente

Pese a los cambios y últimas sentencias a favor de los trabajadores con incapacidad permanente, las empresas todavía tienen la posibilidad de llevar a cabo el despido.

Despido incapacidad permanente

Pese al cambio en el estatuto de trabajadores, es posible el despido con la incapacidad permanente

El despido de personas con incapacidad permanente ha sido un tema importante en el ámbito laboral, especialmente tras los recientes cambios en la legislación laboral.

Aunque el Ministerio de Trabajo y Economía Social ha implementado medidas que protegen a los trabajadores en esta situación, aún existen circunstancias bajo las cuales una empresa puede despedir a un empleado con incapacidad permanente.

Nueva ley para proteger a los trabajadores

La reciente modificación del Estatuto de los Trabajadores, impulsada por el Ministerio de Trabajo, ha cambiado el panorama para las personas con incapacidad permanente. Bajo la nueva legislación, los despidos automáticos para este colectivo ya no son una opción. La normativa obliga a las empresas a evaluar cuidadosamente su situación antes de proceder con un despido, ya que este solo se permite en circunstancias específicas y justificadas.

Ahora se brinda a los trabajadores con incapacidad la posibilidad de decidir si desean continuar trabajando en un puesto adaptado dentro de la empresa, o si prefieren retirarse del mercado laboral. Esta decisión les otorga mayor control sobre su futuro profesional y reduce la posibilidad de despidos injustificados.

Condiciones para el despido en caso de incapacidad permanente

La clave para que un empresario pueda proceder al despido de un trabajador con incapacidad permanente radica en la situación económica de la empresa y su capacidad para adaptarse a las nuevas circunstancias laborales del empleado. Específicamente, la normativa exige que la empresa demuestre que las subvenciones recibidas, la facturación y el estado financiero no son suficientes para mantener al trabajador en plantilla, particularmente si su puesto requiere adaptaciones importantes.

En otras palabras, el despido solo se permite si la empresa puede probar que mantener al trabajador, incluso con adaptaciones, supone una carga económica insostenible que afectaría gravemente el rendimiento y la viabilidad del negocio. Este criterio, denominado «carga excesiva», es el principal factor que determina si un despido puede llevarse a cabo o no.

Además, si un trabajador decide continuar en su puesto a pesar de su incapacidad, la empresa está obligada a realizar las adaptaciones necesarias en un plazo máximo de tres meses. Durante este periodo, el trabajador continuará recibiendo la prestación por incapacidad temporal, garantizando que no se vea desprotegido mientras se realizan las evaluaciones pertinentes.

El enfoque de la nueva legislación es claro: proteger a los trabajadores con incapacidad permanente siempre que sea viable para la empresa. Sin embargo, si las adaptaciones necesarias para el trabajador representan un coste excesivo para el empleador, se abre la posibilidad de despedirlo. Este análisis económico es fundamental, ya que permite asegurar que solo se recurra al despido en situaciones donde no existan alternativas viables.

Además, la empresa debe justificar ante la administración de Trabajo que ha agotado todas las opciones posibles para mantener al empleado en plantilla, demostrando con datos concretos que su continuidad sería insostenible desde el punto de vista económico.

Aunque la nueva normativa busca equilibrar la protección de los trabajadores con incapacidad permanente con las necesidades empresariales, el despido sigue siendo una opción en casos donde las adaptaciones necesarias para el trabajador supongan una carga económica excesiva para la empresa. La clave para que este tipo de despidos se permita radica en la capacidad de la empresa para demostrar, con pruebas claras y contundentes, que no puede sostener la situación sin comprometer su estabilidad financiera.

En este sentido, las modificaciones al Estatuto de los Trabajadores representan un paso adelante en la protección de los derechos de las personas con discapacidad, al tiempo que reconocen las limitaciones económicas que pueden enfrentar las empresas.

Salir de la versión móvil