El hecho de no hacer frente a la pensión alimentaria conllevará severas consecuencias legales para el padre o la madre que tiene que cumplir con dicha obligación.
Dicha obligación supondrá garantizar a los hijos el cuidado mínimo amparado por la ley, la cual ya prevé consecuciones a aquellas personas que no cumplen con esta obligación. Si quieres saber cuáles son las posibles consecuencias de no hacer el pago de la pensión, aquí te las explicamos.
¿Qué pasa si no se paga la pensión alimentaria?
La pensión alimentaria es un derecho de los hijos e hijas, el objetivo de la cual es satisfacer determinadas necesidades relacionadas con alimentación, vestimenta, educación, salud, etc… Si el progenitor obligado a abonarla no paga, existe el derecho a exigir el cumplimiento de dicha obligación ante los tribunales. También el impago de dicha obligación produce varios efectos que pueden acentuarse muy rápidamente.
El primer paso cuando el diálogo entre las partes no ha dado resultado es hacer un requerimiento extrajudicial. Se trata del primer paso para motivar el acto de cobranza y se trata de un requerimiento con bolígrafo, con acuso de recibo de su envío/recibo, que solicita que el deudor abone las pensiones debidas. Si este requerimiento resulta inútil, podemos dar el siguiente paso que es iniciar el procedimiento judicial.
Reclamación judicial y sanciones
En el caso del impago alimentario, si dicho impago se mantiene en el tiempo, la reclamación por la vía civil es el siguiente paso. Nos referimos a la presentación de la correspondiente demanda ante el juzgado para ejecutar un embargo de los bienes del progenitor deudor, bienes que serían la nómina, el saldo en cuenta, incluso inmuebles o vehículos. En este sentido, hay que tener en cuenta que la ley nos dice que la pensión alimentaria tiene un rango de preferencia sobre cualquier de otro tipo de deudas, de tal manera que no es fácil eludir la responsabilidad en cuanto se adeuda una pensión alimentaria.
Pero no queda ahí la cuestión. Si el progenitor que debe la pensión alimentaria tiene un impago de dos meses de forma continuada o de cuatro alternos, podría abrirse la vía penal. En esta otra vía las penas aplicables son mucho más gravosas, así encontramos multas económicas, o bien el cumplimiento de una pena entre tres meses y un año de prisión. Ahora bien, para que dicha vía funcione, se debe probar que el progenitor no podía no pagar, es decir que tenía la disponibilidad económica y, sin embargo, decide no pagar.
La importancia de modificar la pensión alimentaria a tiempo
También puede darse el caso de que el progenitor obligado al pago vea cómo sus ingresos caen y ya no le alcanza para abonar la cuota. Esto puede pasar, por ejemplo, si pierde su trabajo. En ese contexto la ley permite pedir una modificación de la pensión alimentaria. En estos casos, la cuestión es que, aunque los ingresos bajen, la persona no puede dejar de abonar de forma unilateral. Por eso deberá seguir pagando aunque sea una parte, aunque menor. Eso se hace para evidenciar que no tenga intenciones de incumplir y, claro, mientras se tramita el reclamo de modificación que se deja de abonar.
El impago injustificado, aunque exista entenderá por problemas para pagar, se irá acumulando como deuda y el otro progenitor puede sin duda reclamarla en el futuro. En conclusión no pagar la pensión por alimentos puede traer serias consecuencias, tanto civiles como penales, que afectarán tanto al bolsillo como a la libertad.