Los motivos por los que no vas a cobrar la paga extra con una incapacidad permanente total

No todos los pensionistas de una incapacidad permanente total van a cobrar la paga extra del próximo mes de junio.

Paga extra incapacidad permanente total

Los casos en los que no se va a cobrar la paga extra con la incapacidad permanente total

En el próximo mes de junio, la Seguridad Social realizará el abono de la paga extraordinaria para las pensiones contributivas, aunque no todos los beneficiarios de la incapacidad permanente total recibirán esta paga, según las normativas vigentes del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

La incapacidad permanente total es un grado de invalidez reconocido por el INSS y puede ser consecuencia de contingencias profesionales, como accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, o de contingencias comunes, como accidentes no laborales o enfermedades comunes. Este hecho causante resulta determinante en la configuración de las pensiones de invalidez, afectando también a las pagas extraordinarias.

Para aquellos pensionistas cuya incapacidad permanente total deriva de contingencias comunes, la estructura de pagos incluye 14 pagas al año, distribuidas en 12 mensualidades ordinarias y dos pagas extraordinarias, una en verano y otra en Navidad. Así, en junio de 2024, estos pensionistas recibirán la paga extra de verano, que equivaldrá a una mensualidad adicional de su pensión habitual.

Incapacidad permanente por contingencias profesionales

Por el contrario, los beneficiarios cuya incapacidad permanente total se debe a contingencias profesionales no recibirán la paga extraordinaria de verano. En estos casos, las pensiones se devengan en 12 mensualidades anuales, donde las pagas extraordinarias están prorrateadas dentro de cada mensualidad ordinaria. Es decir, la cantidad total recibida a lo largo del año no es menor, sino que está distribuida de manera diferente.

Esta normativa también se aplica a otras pensiones por invalidez, como la incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez. Este es un aspecto que muchos beneficiarios, especialmente aquellos que han comenzado recientemente a cobrar la prestación, pueden desconocer. Es esencial que los pensionistas comprendan cómo se estructuran sus pagos para evitar confusiones y malentendidos.

La incapacidad permanente total inhabilita al trabajador para desempeñar su profesión habitual, pero permite la posibilidad de realizar otras actividades laborales que no entren en conflicto con las limitaciones que dieron lugar al reconocimiento de la invalidez. Esta flexibilidad permite que muchos pensionistas puedan seguir trabajando en áreas compatibles con su estado de salud, aportando un ingreso adicional a su pensión.

Cómo cobrar un extra por la incapacidad permanente total

La pensión de incapacidad permanente total corresponde al 55% de la base reguladora del trabajador. Sin embargo, en casos donde el beneficiario tiene 55 años o más y se encuentra desempleado, puede solicitar un incremento del 20% en su pensión, alcanzando así el 75% de la base reguladora. Esta situación se denomina incapacidad permanente total cualificada.

Es fundamental que los pensionistas comprendan sus derechos y las especificidades de su pensión para planificar adecuadamente sus finanzas. La Seguridad Social enfatiza que para aquellos con derecho a la paga extra de verano, el importe será equivalente a una mensualidad ordinaria, siempre que hayan tenido reconocida la pensión durante el semestre completo anterior.

Por tanto, aunque algunos pensionistas de incapacidad permanente total no recibirán la paga extra de verano debido a la naturaleza de sus contingencias, la cuantía anual de sus pensiones no se ve afectada negativamente. Es esencial que los beneficiarios estén bien informados sobre las normativas que rigen sus pensiones para evitar confusiones y gestionar sus expectativas y finanzas con claridad.

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