Ya es oficial: se acabó el despido automático por una incapacidad permanente

El Gobierno ha aprobado la nueva ley que impide el despido automático a las personas que sufren una incapacidad permanente.

Incapacidad permanente fin despido

El Gobierno ratifica la nueva ley que pone fin al despido automático por incapacidad permanente

En una decisión histórica, el Consejo de Ministros ha aprobado una reforma trascendental eliminando la causa automática de extinción de la relación laboral debido al reconocimiento de la incapacidad permanente.

Esta medida, impulsada por los Ministerios de Trabajo y Economía Social y de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, responde a un compromiso firme con la inclusión y la equidad laboral.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha sido la encargada de anunciar esta significativa reforma en una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Díaz ha destacado que esta modificación es fruto del acuerdo alcanzado con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), subrayando el impacto positivo que tendrá en la vida de miles de trabajadores.

Fin del despido por incapacidad permanente

La reforma suprime la referencia a la extinción automática del contrato por motivos de Invalidez, incapacidad permanente absoluta e incapacidad permanente total. De este modo, se desvinculan estas causas de la muerte del trabajador, uniendo así el reconocimiento de la incapacidad con la continuidad laboral y no con el fin de la carrera profesional.

Esta modificación otorga a los trabajadores el poder de decidir sobre su futuro laboral, permitiéndoles solicitar la adaptación de su puesto de trabajo o el traslado a otra posición vacante y adecuada a su nuevo estado de salud. Esta es una muestra clara de la voluntad del Gobierno de priorizar la integración y la rehabilitación laboral por encima de la terminación de los contratos.

El nuevo texto establece claramente los criterios para determinar cuándo los ajustes necesarios en el lugar de trabajo podrían representar un coste excesivo para la empresa. Estos criterios incluyen la posibilidad de sufragar los gastos de adaptación con ayudas o subvenciones públicas, evaluando si los costos son razonables en relación con el salario medio, el tamaño y el volumen de negocio de la empresa.

Además, se resalta la importancia de la formación en prevención de riesgos laborales adaptada a la nueva situación del trabajador, garantizando así su seguridad y bienestar en el entorno laboral. Los servicios de prevención de riesgos laborales y la representación legal de los trabajadores jugarán un papel muy importante en la determinación y aplicación de estos ajustes.

Procedimiento y plazos

Desde la notificación del reconocimiento de la incapacidad permanente, el trabajador dispondrá de un mes para decidir si desea continuar en su puesto de trabajo. Posteriormente, la empresa tendrá un plazo máximo de tres meses para realizar las adaptaciones necesarias, ofrecer una nueva posición o, en casos justificados, proceder a la extinción del contrato. Durante este periodo, el trabajador seguirá percibiendo el subsidio de Incapacidad Temporal, evitando así lagunas en la cobertura de protección.

El Ministerio subraya que el objetivo es ofrecer un empleo «decente» a las personas con discapacidad, eliminando la discriminación que suponía el despido automático. Además, se implementarán medidas del Libro Blanco sobre Empleo y Discapacidad para «reforzar el acceso de las personas con discapacidad al empleo y ensanchar sus derechos».

Finalmente, se establece la obligación para las empresas de realizar los ajustes razonables necesarios para que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho al trabajo, incluso si la discapacidad se reconoce después del inicio de su actividad profesional. Esta reforma marca un paso decisivo hacia una mayor inclusión y justicia laboral en España.

Salir de la versión móvil