Los trabajadores en España tienen el derecho legal de recibir dos pagas extraordinarias cada año, una en Navidad y otra en junio, pero surge una pregunta frecuente en relación con estas bonificaciones, como qué es lo que ocurre si un trabajador está de baja laboral.
La respuesta a esta cuestión es bastante más compleja de lo que podría parecer a simple vista y está determinada por diversos factores, incluido el tiempo de la baja y las disposiciones del convenio colectivo aplicable.
Cuando un trabajador se encuentra en situación de incapacidad temporal, su relación laboral con la empresa se suspende durante el período de baja. Esta suspensión implica que no se devengan pagas extraordinarias durante ese tiempo.
Reducción de la paga extra por baja laboral
En consecuencia, la cuantía de la paga extra se reduce en proporción al tiempo que el trabajador esté ausente. Es decir, solo se recibirá la parte correspondiente a los meses trabajados durante el período de devengo de la paga extra.
Si un trabajador estuvo activo durante los meses de marzo y abril, pero se vio obligado a tomar una baja laboral en mayo, la paga extra de junio no reflejará el mes que se estuvo de baja, ya que no generó derecho a la bonificación. Es importante destacar que este ajuste se aplica principalmente cuando las pagas extras forman parte de un salario en 14 pagas. En caso de que las pagas se prorrateen, el dinero correspondiente ya se habría recibido en esos meses, al distribuirse a lo largo de los doce meses del año.
Excepciones para cobrar la paga extra completa
No obstante, existen excepciones a esta regla general que podrían permitir que los trabajadores en situación de incapacidad temporal reciban la paga extra íntegra en junio. Estas excepciones están relacionadas con el convenio colectivo aplicable. Si el convenio colectivo establece específicamente que el período de incapacidad temporal se considera tiempo efectivo de trabajo para el devengo de las pagas extraordinarias, entonces el trabajador en baja laboral podría recibir la bonificación completa, contabilizando los meses de baja para el cálculo de la misma.
Por lo tanto, resulta crucial revisar minuciosamente el convenio colectivo correspondiente para determinar si las pagas extras se prorratean o no, y si el período de baja laboral se considera tiempo efectivo para el cobro completo de las bonificaciones. En caso afirmativo, el trabajador recibiría la paga extra normalmente en junio o de manera prorrateada según el tiempo trabajado.
Ahora bien, en lo que respecta al número de veces que un trabajador puede tomar una baja laboral en un año, la legislación no establece un límite específico. Esto se debe a que la incapacidad temporal está relacionada con enfermedades o lesiones que impiden el desempeño laboral, y se entiende que estas situaciones son imprevisibles.
Por tanto, la situación de baja laboral no impide recibir pagas extraordinarias, aunque la cantidad puede ajustarse según el tiempo trabajado y las disposiciones del convenio colectivo. En cuanto al número de bajas, aunque no existe un límite establecido, la ley prohíbe la permanencia indefinida en esta condición, ofreciendo opciones de pensión permanente en casos irreversibles.