Adiós a pagar más por las horas extras en tu jornada laboral

La UGT reclamó en enero de este año un aumento de la retribución de las horas extra para adaptarse a la normativa de la Carta Social Europea

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La Unión General de Trabajadores (UGT) interpuso una relamación colectiva al Consejo de Europa, alegando que España inclumplía con la normativa. En concreto, afirmaban que en la jornada laboral las horas extra se pagan como si fueran horas ordinarias. Esto llevaba a incumplir con la Carta Social Europea, al no obligar a pagar las horas extraordinarias con un porcentaje adicional.

El documento con el que el Gobierno de España ha respondido a la UGT está compuesto por 17 páginas, en las cuáles se ratifica que cumplen con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores.

Entre otras cosas, el Gobierno aclara que deja esta materia a los convenios colectivos de las empresas. Según exponen, estos ofrecen la suficiente flexibilidad para que las compensaciones por las horas extras trabajadas se adapten a cada sector.

El Gobierno responde a la UGT sobre la jornada laboral

El Ministerio de Trabajo expone en su página web que «la cuantía a percibir por cada hora extraordinaria en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria o se compensarán por tiempos equivalentes de descanso retribuido».

Adiós pagar horas extra trabajadores jornada laboral
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Sin embargo, Pepe Álvarez, secretario general de la UGT, apuntaba que la normativa no se ajustaba a la Carta Social Europea. En el artículo 4.2 reconoce el derecho de los trabajadores a recibir la compensación adicional por las horas extraordinarias, salvo en circunstancias específicas.

Según fuentes del medio La Información, la UGT proponía que se instara a remunerarlas un 25% más que la jornada laboral habitual en la empresa. El Gobierno afirma que, según las estadísticas, el 60,68% de los convenios colectivos contienen cláusulas específicas por las que se fija una remuneración adicional por el tiempo de trabajo extraordinario.

Por su parte, en otro 20% se complementa con periodos de descanso remunerado. Además, expone que «hay dudas razonables» sobre si incrementar el coste de las horas extra es la medida adecuada.

¿Qué considera el Ministerio de Trabajo horas extraordinarias?

La jornada laboral de los trabajadores está compuesta por horas ordinarias, que son retribuidas de forma mensual según los convenios colectivos. Con respecto a las horas extraordinarias, el Ministerio de Trabajo reconoce que es «cada hora de trabajo que se realice sobre la duración máxima de la jornada ordinaria».

Según indican en la normativa, «se abonarán económicamente o se compensarán con descanso por pacto individual o colectivo». Además, también establecen cuántas horas extra puede realizar un trabajador durante el año.

«El número máximo de horas extraordinarias al año a realizar por un trabajador será de 80. No se computarán a estos efectos las que hayan sido compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización», según indican desde el Ministerio.

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