Tras la reforma de las cotizaciones a la Seguridad Social de 2023, los autónomos tiene nuevo mecanismo para contribuir al sistema. Antes del cambio, los autónomos podían elegir su base de cotización, y la mayoría escogía la base mínima para reducir sus gastos.
Sin embargo, el nuevo sistema por ingresos reales busca corregir este comportamiento, ya que vincula las contribuciones al rendimiento neto de cada autónomo, con implicaciones directas para la pensión de jubilación.
Las nuevas cotizaciones
Ahora el sistema de cotizaciones de los autónomos depende de su rendimiento, que se calcula restando los gastos deducibles de los ingresos, sin incluir las cuotas a la Seguridad Social, que luego se deducen en la declaración del IRPF. En función de este rendimiento, los autónomos son encuadrados en uno de los 15 tramos establecidos por la Seguridad Social. Estas nuevas bases de cotización, que ya están establecidas hasta 2025, ponen límite a la flexibilidad de los autónomos, que ahora solo pueden escoger dentro de un rango determinado para su cotización.
La jubilación de los autónomos
La pensión de un autónomo depende, en gran medida, de tres factores: los años cotizados, la base de cotización y el momento en que se produce la jubilación. A nivel general, tanto los trabajadores autónomos como los asalariados tienen derecho a jubilarse a los 65 años, siempre y cuando hayan cotizado 38 años o más. Si no han alcanzado esta cifra, la edad ordinaria de jubilación será de 66 años y 6 meses en 2024.
La pensión de jubilación se calcula tomando la base reguladora, que se obtiene a partir de las bases de cotización de los últimos 25 años, divididas entre 300 meses. A partir de esta base reguladora, los años cotizados determinarán el porcentaje de dicha cantidad que corresponde al trabajador. Así, si un autónomo ha cotizado por la base mínima y durante el mínimo exigido de 15 años, tendrá derecho a un 50% de la base reguladora.
¿Qué pensión recibe un autónomo que cotiza por la base mínima?
Los autónomos que hayan cotizado durante el mínimo de 15 años y siempre por la base mínima, es probable que reciban una pensión inferior a la pensión mínima establecida por el Estado. En estos casos, el Estado interviene con el complemento a mínimos para asegurar que el autónomo reciba, al menos, la cuantía correspondiente a la pensión mínima. En 2024, la pensión mínima para un jubilado con 65 años y cónyuge a cargo es de 14.466 euros al año. Para quienes no tienen cónyuge, la cifra se reduce a 11.552,8 euros, mientras que aquellos con cónyuge no a cargo percibirán 10.966,20 euros.
Si el jubilado es menor de 65 años, las cantidades son ligeramente inferiores, y si procede de una situación de gran invalidez, estas cifras pueden aumentar significativamente, llegando hasta los 21.698 euros anuales en algunos casos.
Por tanto, aunque el nuevo sistema de cotización puede parecer una carga para algunos autónomos, garantiza mejores condiciones a la hora de calcular la pensión de jubilación, protegiendo a aquellos que han cotizado por la base mínima mediante complementos que aseguran que no queden desprotegidos en su retiro.