La Seguridad Social ha confirmado recientemente que las parejas no casadas también tienen derecho a cobrar la pensión de viudedad, siempre y cuando cumplan ciertos requisitos. Esta medida es una respuesta a la evolución de la sociedad, donde cada vez es más común la convivencia en pareja sin matrimonio.
La actual legislación permite a las parejas de hecho acceder a la pensión de viudedad de la Seguridad Social. Sin embargo, es fundamental cumplir con una serie de requisitos específicos para ser elegible para esta prestación en ausencia de un vínculo matrimonial:
- Alta en el Régimen General: El fallecido debe haber estado dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social y cumplir con los requisitos de cotización necesarios.
- Inscripción de la pareja de hecho: La pareja de hecho debe estar inscrita en el registro de su comunidad autónoma o de su ayuntamiento, al menos dos años antes del fallecimiento.
- Convivencia estable: Se debe demostrar una convivencia estable y continua durante, al menos, los cinco años anteriores al fallecimiento.
- Estado civil previo: Durante los últimos cinco años, ninguno de los dos miembros de la pareja debe haber estado casado o separado de otra persona.
Además, en términos económicos, los ingresos del sobreviviente no deben haber superado el 50% de los ingresos combinados de ambos durante el año anterior al fallecimiento. Este porcentaje se reduce al 25% si no hay hijos en común con derecho a una pensión de orfandad.
Cómo solicitar la pensión de viudedad sin existir matrimonio
La Seguridad Social requiere una serie de documentos para acreditar estos requisitos. La inscripción en el registro de parejas de hecho y la acreditación de una convivencia estable suelen ser los documentos más importantes.
Para las parejas que no tienen un documento legal que acredite su unión, el proceso para obtener la pensión de viudedad es más complicado. En estos casos, demostrar la convivencia real puede ser un reto significativo. Sin embargo, existen varias formas de probar esta convivencia:
- Hijos en común: Tener hijos en común puede servir como prueba sustancial de la relación.
- Testimonios y testigos: Declaraciones de vecinos y otros testigos pueden ser utilizadas para demostrar la convivencia.
- Facturas de suministros: Facturas de servicios compartidos a nombre de ambos miembros de la pareja.
- Cuentas bancarias conjuntas: Tener cuentas bancarias a nombre de los dos puede ayudar a evidenciar la relación.
- Otros documentos: Cualquier otro documento que pueda probar la convivencia puede ser útil.
Ausencia de registro oficial
En ausencia de un registro oficial como pareja de hecho, los casos son evaluados de manera individual. Algunas sentencias del Tribunal Supremo han fallado a favor de los solicitantes, considerando pruebas como hijos en común y otros documentos que demuestran una convivencia estable. Sin embargo, sin un registro legal, obtener la pensión de viudedad sigue siendo un proceso complejo y no siempre exitoso.
La posibilidad de que las parejas de hecho accedan a la pensión de viudedad representa un avance significativo en la adaptación de las políticas públicas a la realidad social actual. No obstante, cumplir con todos los requisitos y disponer de la documentación adecuada es crucial para garantizar el acceso a esta prestación. Para aquellas parejas que no tienen un registro oficial, el camino es más arduo y requiere de pruebas contundentes para demostrar la convivencia. La Seguridad Social continúa estudiando cada caso de manera individual, asegurando que se haga justicia en cada situación específica.