La pensión por incapacidad permanente se ajustará desde el 1 de enero según el IPC. Este ajuste busca asegurar la capacidad de compra ante la inflación. Aunque aún el porcentaje exacto, se anticipa que será en torno al 3,06%.
Las exigencias generales para poder entrar dentro de la solicitud de acceso a una pensión de incapacidad permanente en el año 2025 permanecerán muy definidas y con pocos cambios. Para poder percibir esta prestación por incapacidad permanente habrá que cumplir con una serie de requisitos delimitados desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Requisitos para la incapacidad permanente
- Afiliación a la Seguridad Social. Es necesario que el solicitante esté afiliado y en situación asimilada a la de alta. En el caso excepcional se podrá acceder a la pensión desde la situación de no alta.
- Finalización de la incapacidad temporal. Los trabajadores que hayan agotado su periodo de incapacidad temporal, que en España puede llegar hasta dos años, podrán dar el salto a la incapacidad permanente.
- Existencia de secuelas. Debe acreditarse que el solicitante presenta lesiones o secuelas que impiden la realización del trabajo.
- Necesidad de asistencia. Aquellos considerados en situación de Gran Invalidez deberán acreditar la dependencia de trabajos para la realización de las actividades básicas de la vida diaria.
- Límite de edad. No se debe haber llegado a la edad ordinaria para jubilarse.
En el caso de las solicitudes de incapacidad debido a enfermedad común, el INSS exige ciertos períodos de cotización. Los solicitantes menores de 31 años deberán haber trabajado, al menos, un tercio del tiempo transcurrido desde que cumplieron 16 años hasta el momento de la solicitud. Las personas de 31 o más años deberán haber cotizado un cuarto del período transcurrido desde los 20 años, y, a la vez, un mínimo de cinco años de cotización.
Las cuantías previstas para la incapacidad permanente en 2025
La revalorización en 2025 de la incapacidad permanente representa una revalorización que correspondería a un 3,06% sólo y exclusivamente contado para el resto del IPC sin que todavía lo haya calculado y publicado el IPC a finales del mes de noviembre de 2024. Sin embargo, y guarda de esta cantidad tan notablemente inferior a la de años anteriores, que en 2024 fue de un 3,5% y que en 2023 fue también un 8,5%, en este último caso a causa de la elevada inflación, la revalorización de las pensiones representa un crecimiento que quiere salvaguardar ese poder adquisitivo de los pensionistas, que indudablemente va a verse lastrado por la subida de los precios, pero evidentemente con una fuerza mucho menor que la de años anteriores.
Actualización de la pensión de incapacidad permanente
La inflación se situará entre un 2,2% y un 3,5%. Esta inflación marca cómo cambiará la incapacidad vigente en el 2025.
Las pensiones de incapacidad permanente, en efecto, deben actualizarse cada año y éstas permiten el uso de las pensiones de incapacidad permanente de sus beneficiarios en la lucha contra la inflación y simultáneamente permitir perder poder adquisitivo.
Hola yo tengo baja permanente total y pido entrar en el convenio para cuidadores no profesionales y me lo deniegan No hay derecho yo trabajo desde los 14 años y no me aseguraron asta que fui bastante mayor y ahora con 65 años me faltan 12 años ya que estos 2 años sin trabajar NO se cotiza y para la desgracia d todos los de 52 años Cobran y cotizan sobre base reguladora del 125 por ciento. No hay derecho Gracias gracias