La pensión de viudedad está a punto de experimentar cambios importantes. Este beneficio, destinado a ayudar a los supervivientes a enfrentar una situación financiera complicada tras la pérdida de un ser querido, sufrirá modificaciones en su cálculo con el objetivo de integrar los años cotizados por el fallecido en la determinación de la pensión.
Desde hace años, la Seguridad Social proporciona este apoyo a las familias que han perdido a una pareja para su estabilidad financiera.
Actualmente, la pensión de viudedad se paga en 12 mensualidades, con dos pagos adicionales en junio y diciembre, y representa entre el 52% y el 70% de la base reguladora del fallecido, dependiendo de las circunstancias específicas del beneficiario.
Reforma de la pensión de viudedad
En una reciente comparecencia ante la Comisión del Pacto de Toledo, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, anunció que el Gobierno planea una «reforma integral y gradual de la pensión de viudedad«. Este cambio incluirá los años cotizados por el fallecido en el cálculo de la pensión. La intención es recompensar a las familias de aquellos que han contribuido significativamente a la Seguridad Social a lo largo de su vida laboral.
Aún pendientes de aprobación gubernamental, estos ajustes buscan adaptar las pensiones a las realidades sociales y económicas actuales, ofreciendo un alivio financiero más adecuado a los beneficiarios. Este esfuerzo forma parte de un compromiso más amplio para mejorar el sistema de pensiones y garantizar su sostenibilidad y justicia.
Cómo afecta a los pensionistas
España destina mensualmente millones de euros a estas prestaciones. En marzo, la inversión fue de 2,37 millones de euros. La cuantía media de la pensión de viudedad es aproximadamente 800 euros mensuales, aunque varía según la situación laboral del fallecido y las circunstancias de su muerte. Esta prestación puede ser del 52% al 70% de la base reguladora, con porcentajes más altos en casos de fallecimientos inesperados o trágicos.
Para acceder a la pensión de viudedad, el fallecido debe haber estado afiliado, dado de alta y haber cotizado a la Seguridad Social. En caso de fallecimiento por enfermedad común, se requiere una cotización de 500 días en un periodo ininterrumpido de cinco años. No se necesita cotización previa si la muerte es por accidente laboral o enfermedad profesional. Si el fallecido no estaba dado de alta en el Régimen General, debe haber cotizado al menos 15 años en total.
Los pensionistas también deben cumplir algunos requisitos. Deben demostrar el vínculo matrimonial o haber sido pareja de hecho del fallecido. En casos de divorcio, pueden acceder a la prestación si no se han vuelto a casar o constituido como pareja de hecho nuevamente. Existen excepciones, como en situaciones de violencia de género, donde el cónyuge superviviente puede recibir la pensión incluso si ha vuelto a casarse.
La cuantía de la pensión de viudedad, entre el 52% y el 70% de la base reguladora, puede incrementarse bajo ciertas condiciones. Por ejemplo, si el beneficiario tiene un familiar a su cargo, si esta es la única fuente de ingresos de la familia, o en función de los rendimientos anuales. Para los mayores de 65 años, la pensión puede aumentar al 60% si no tienen derecho a otra pensión ni disponen de ingresos adicionales que superen los 7.707 euros al año.
Actualmente, la pensión de viudedad varía entre 600 y 900 euros, dependiendo de las cargas familiares del beneficiario. Con los próximos cambios, estas cifras podrían aumentar, reflejando los años de cotización del fallecido a la Seguridad Social.
Este ajuste en la pensión de viudedad promete brindar un apoyo más justo y adaptado a las necesidades de los supervivientes, reconociendo la contribución de quienes han dedicado años de trabajo al sistema de Seguridad Social.