La pensión de viudedad es una prestación económica contributiva de la Seguridad Social que se otorga a la pareja superviviente del fallecido, con el fin de compensar la pérdida de ingresos que se produce como consecuencia del fallecimiento.
Para poder cobrar esta prestación, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- El causante deberá haber sido dado de alta en el régimen general de la Seguridad Social o en una situación asimilada, y tener cotizados, por lo menos, 500 días como mínimo durante los 5 últimos años. Si ya no estaba en situación de alta, debe haber cotizado al menos 15 años, salvo que la muerte haya sido consecuencia de un accidente o una enfermedad profesional.
- La pareja superviviente deberá acreditar una convivencia estable con el causante durante al menos cinco años anteriores al fallecimiento. En el caso de que la pareja estuviera casada, no es necesario acreditar la convivencia.
- El solicitante deberá tener una edad mínima de 65 años o ser mayor de 52 años y tener reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
- Los ingresos de la pareja superviviente no deberán superar un determinado límite. Este límite varía en función de si la pareja tiene hijos o no.
Incompatibilidades de la pensión viudedad
La pensión de viudedad no es compatible con el reconocimiento de otra pensión de viudedad en cualquier régimen de la Seguridad Social, salvo que el causante no estuviera dado de alta en el momento de fallecer.
También es incompatible con el reconocimiento de una pensión de orfandad por el mismo causante, salvo que el beneficiario de la pensión de viudedad sea menor de 65 años o tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
La pensión de viudedad se extingue en los siguientes casos:
- Por fallecimiento del beneficiario.
- Por matrimonio o constitución de una pareja de hecho del beneficiario.
- Por declaración de culpabilidad en la muerte del causante.
- Por comprobarse que la muerte del causante no tuvo lugar.
Cuánto se cobra por la pensión de viudedad
La cuantía de la pensión de viudedad dependerá de la base reguladora, que es el promedio de las bases de cotización del causante durante los últimos 25 años.
El porcentaje que se aplica a la base reguladora para calcular la cuantía de la pensión de viudedad es el siguiente:
- 52% para los beneficiarios que no tengan hijos.
- 60% para los beneficiarios que tengan hijos menores de 21 años o mayores de 21 años con discapacidad.
La pensión de viudedad se abona mensualmente en 14 pagas.
Paga extra en las pensión por viudedad
La paga extra de viudedad se abonará en la mitad del mes de diciembre, por lo que en 2023 se recibirá entre el 12 y el 16 de diciembre.
La paga extra de viudedad es una mensualidad extra que se abona a los beneficiarios de la pensión de viudedad. Se abona en los meses de junio y diciembre.
En el caso de la pensión de viudedad, la paga extra se abona en la misma cuantía que la mensualidad ordinaria.