Si eres pensionista y tienes alguna deuda con la Seguridad Social o Hacienda, prepárate, porque podrían embargar tu paga extra. A partir de la resolución 1975/2022, aprobada el 17 de mayo de 2022, se estableció un nuevo límite para lo que te pueden embargar de la pensión.
Aunque las reglas han cambiado, no todo es tan negativo como suena, pero mejor que estés informado para evitar sorpresas desagradables y que puedas saber cuáles son los motivos para que te embarguen tu dinero..
Desde hace años, la cosa venía complicada para muchos pensionistas con deudas. El problema era que Hacienda aplicaba un embargo sobre la paga extra, considerando que el límite inembargable era el equivalente a un solo Salario Mínimo Interprofesional (SMI), incluso en los meses en que los pensionistas recibían la ansiada paga extra. ¿Qué significaba esto? Que muchos se quedaban sin un buen mordisco de ese dinero que, en principio, debería estar protegido.
Cambios para embargar la paga extra
Pero las cosas cambiaron gracias a la insistencia de plataformas como la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP), que llevaban tiempo exigiendo una revisión de esa norma que, para ellos, era completamente injusta. Finalmente, el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) escuchó sus quejas y finalmente aprobó un nuevo criterio que se hizo oficial con la mencionada resolución de 2022. Ahora, la cantidad inembargable en los meses con paga extra es el doble del Salario Mínimo Interprofesional.
Para que lo tengas claro, en este año 2024 el Salario Mínimo Interprofesional se sitúa en 1.080 euros, lo que quiere decir que la cantidad inembargable en los meses con paga extra será de 2.160 euros. ¿Qué quiere decir esto? Que, si tu pensión está por debajo de esa cifra, ni Hacienda ni la Seguridad Social podrán tocarte un céntimo de tu paga extra. Pero si tu pensión está por encima de los 2.160 euros, es posible que te embarguen una parte. Y aquí es donde las cosas se ponen un poco más complicadas.
Cuánto pueden embargarte
Si tu pensión supera esa cantidad, se te podría embargar el 30% de lo que exceda los 2.160 euros. Y si sigue subiendo, los porcentajes de embargo también aumentan: un 50% para lo que sobrepase hasta el equivalente a tres Salario Mínimo Interprofesional, un 60% si alcanza los cuatro Salario Mínimo Interprofesional, y así hasta llegar al 90% para cantidades realmente grandes.
Esto significa que, si tus ingresos son más altos, el mordisco puede ser bastante significativo. Así que si tienes deudas, es hora de hacer cuentas. Tal vez lo más conveniente sea buscar una solución antes de que lleguen los embargos, ya sean de Hacienda o de la Seguridad Social.
Por tanto, si tus ingresos son moderados, el nuevo criterio del TEAC te protege más que antes, pero si tienes una pensión más alta, Hacienda y la Seguridad Social podrían reclamar su parte. Así que, si tienes alguna deuda pendiente, mejor que te pongas al día para evitar que te hagan una visita en tu cuenta bancaria. Al final, lo que está claro es que, aunque ahora haya más protección, la deuda no perdona.