La baja laboral es un periodo de tiempo que se concede a un trabajador que a causa de enfermedad o accidente, ha perdido de forma temporal su capacidad para poder desarrollar su actividad profesional habitual. Esto significa, que la legislación española contempla esta herramienta para que las personas con alguna dolencia, puedan tomarse el tiempo necesario para llevar a cabo el tratamiento establecido por el facultativo médico y poder recuperarse.
Cabe señalar, que aunque el objetivo de una baja laboral es que el trabajador convaleciente se recupere, el plazo de puede ser ‘eterno’. Es decir, la misma normativa vigente, establece que en caso de incapacidad temporal, el tiempo máximo que una persona puede estar de baja laboral, es de 365 días. En caso de no recuperarse en ese tiempo, existe una prórroga contemplada de 180 días. Una vez que se agota este segundo periodo, el trabajador solo tiene la opción de conseguir el alta y volver al trabajo, o solicitar una incapacidad permanente.
Días de vacaciones y baja laboral
Cuando una persona está de baja laboral, sobre todo cuando es un largo periodo, siempre tiene la duda de qué ocurre con sus días de vacaciones. No hay que olvidar, que si el tiempo máximo para una incapacidad temporal es de 365 días más 180 días de prórroga, una persona puede estar más de un años sin trabajar. No obstante, aunque estando de baja se cobra una parte del salario, no se cobra completo.
Por tanto, ¿Se pierde también el derecho a las vacaciones? La respuesta es que no. Así se recoge en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores que establece que cuando una incapacidad temporal coincide con el periodo de vacaciones de una empresa, el trabajador tendrá derecho a recuperar esos días una vez finalice su periodo de baja laboral, aunque haya finalizado el año natural al que pertenecen dichas vacaciones.
De hecho, el mismo artículo establece que «En el supuesto de que el periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal que imposibilite al trabajador disfrutar las vacaciones, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado».
Actividades que no puedes llevar a cabo durante este periodo
Queda claro que un trabajador puede recuperar sus días de vacaciones tras una baja laboral, aun cuando los días establecidos por la empresa hayan coincidido con dicho periodo de incapacidad temporal. Parece lógico, que la legislación española proteja a los trabajadores en este sentido, puesto que cuando una persona está de baja laboral es porque necesita ese tiempo para recuperarse de una dolencia. Por tanto, no se trata de días de descanso.
Y es que las vacaciones son unos días a los que todo trabajador tiene derecho. Se trata de un periodo en el que tiene permitido no trabajar, para poder disfrutar de tiempo libre cobrando el salario correspondiente. Sin embargo, lo que no queda tan claro es la línea que separa ese recuperarse en una baja laboral, con poder hacer actividades lúdicas. Pues dependiendo de la dolencia, hay capacidades de la persona que pueden no tener problema.
En este sentido, lo único que refleja la ley es que en cualquier caso, la prioridad del trabajador es recuperarse y para ello, seguir las indicaciones de los profesionales médicos. Por tanto, todo lo que no sea dar esa prioridad al tratamiento, o realizar actividades que puedan empeorarlo, no debe realizarse. En este sentido, la actitud del trabajador debe ser un poco de sentido común.