Adiós a los recargos de Hacienda por presentar fuera de plazo el modelo 720

El Tribunal Supremo anula los recargos que impuso Hacienda por presentar el modelo 720 fuera del plazo de liquidación

Adiós recargos Hacienda presentar fuera de plazo modelo 720

Hacienda tendrá que devolver mucho dinero a los contribuyentes que presentaron el modelo 720 fuera de plazo. El Tribunal Supremo (TS) anula los recargos que impuso la Agencia Tributaria a los contribuyentes por presentar este polémico modelo de declaración de bienes y derechos en el extranjero de manera extemporánea.

El modelo 720 de Hacienda establece la obligatoriedad de los ciudadanos españoles de declarar el Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) si tienen bienes en el extranjero. Esta declaración tiene carácter informativo sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Es decir, tendrán que presentar este documento cada año aquellos que tengan, por ejemplo, acciones, valores, cuentas o inmuebles en el extranjero.

El Tribunal Supremo anula los recargos de Hacienda

El Alto Tribunal europeo consideró «desproporcionadas» las multas impuestas a los contribuyentes por ocultación de bienes en el extranjero. Y es que los contribuyentes que enviaron el modelo 720 fuera de plazo, tuvieron que pagar una gran suma de dinero a la Agencia Tributaria.

Adiós recargos Hacienda presentar fuera de plazo modelo 720
Adiós recargos Hacienda presentar fuera de plazo modelo 720

Por tanto, el Ministerio de Hacienda, que dirige María Jesus Montero, ha tenido que admitir la «nulidad absoluta« de las sanciones y abrirse a devoluciones generalizadas. Esto traerá consigo una oleada de devoluciones millonarias por un error que ha costado muy caro al fisco en España.

En concreto, la sentencia establece que los recargos derivados de la presentación extemporánea del modelo 720 son improcedentes si la liquidación del IRPF que se llevó a cabo sobre las rentas declaradas también lo fue porque ya estaban prescritas.

Los contribuyentes que pagaron el impuesto con algún tipo de sanción o recargo –de hasta el 150% del importe total– podrán ahora solicitar su devolución aunque no hubieran recurrido en su momento y sin plazo determinado.

Hacienda declara la nulidad absoluta de las sanciones

Entre otras cosas, el Tribunal Supremo consideraba contrario al derecho de la Unión Europea (UE) la normativa española sancionadora del modelo 720, por considerar imprescriptibles las situaciones de falta de presentación (o presentación extemporánea). Y, en consecuencia, el tratamiento fiscal al patrimonio extranjero no declarado como ganancias patrimoniales no justificadas.

Además, según la sentencia del Tribunal de Justicia de 27 de enero de 2022, las sanciones fijas adicionales por cada dato o conjunto de datos no declarados o declarados de forma inexacta o errónea, son nulas por ser más elevadas que las sanciones por otros incumplimientos de la normativa doméstica.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha dado el visto bueno final a las devoluciones un año y medio después de la sentencia de Alto Tribunal europeo. Por lo tanto, se abre una puerta a las devoluciones en los próximos meses de los pagos tan elevados que realizaron aquellos que presentaron el modelo 720 fuera de plazo en España.

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