El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda económica puesta en marcha por el Gobierno de España en el año 2020, en un contexto de pandemia mundial a causa del COVID, en el que muchos ciudadanos quedaron en situación de desempleo y necesidad. Es por ello, que se aprobó un Real Decreto-ley que la puso rápidamente en marcha. Sin embargo la necesidad de esta prestación fue tan evidente, que en 2021 se consolidó en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre.
Concretamente, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica cuyo fin es garantizar un nivel básico de ingresos a quienes lo necesitan. Sin embargo, está pensado como un proceso transitorio con el fin de asegurar la inclusión social y laboral de los beneficiarios. Los datos demuestran, que desde la puesta en marcha de esta ayuda, se han beneficiado de ella en torno a las 2.401.829 personas, una cifra que sigue aumentando año tras año. Pero, ¿Quién puede beneficiarse de esta prestación?
Personas que pueden beneficiarse del Ingreso Mínimo Vital
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda gestionada por la Seguridad Social. Por tanto, es este organismo el que recoge los requisitos para acceder a ella, además de comprobar que los solicitantes cumplen con los mismos. Este dato es importante, porque no cualquier ciudadano puede aspirar a cobrar esta ayuda. Pues su fin, es que llegue a quienes realmente lo necesitan, para que puedan salir de su mala situación económica.
En este sentido, la Seguridad Social lo primero que deja claro es que el IMV es prestación dirigida a «prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas«. Esto significa, entre otras cosas, que pueden acceder a ella tanto personas solas como que vivan en familia.
En cuanto a los requisitos, los básicos que el solicitante debe acreditar para beneficiarse de la ayuda, son:
- Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año, salvo excepciones (los menores incorporados a la unidad de convivencia, las víctimas de trata de seres humanos o de explotación sexual y las mujeres víctimas de violencia de género).
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, lo cual se acredita teniendo en consideración el patrimonio neto, los activos no societarios y el nivel de ingresos y rentas.
- Que la unidad de convivencia esté formada, al menos, desde hace seis meses.
Requisitos para cobrar la cuantía máxima
Es importante señalar, que a pesar de tratarse de la misma prestación, no todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) recibe la misma cuantía. ¿El motivo? A priori podría parecer un rasgo de desigualdad, sin embargo, en este caso no se busca tanto la igualdad, sino la equidad. Esto significa, que la Seguridad Social concede una u otra cantidad, en base a las necesidades de cada persona.
De este modo, todo el mundo tendrá cubierta sus necesidades. Por tanto, una de las variables para cobrar más o menos cantidad de dinero, es no solo si vives solo o en familia, sino las personas que tienes a tu cargo. Pues la unidad de convivencia puede estar formada por otra persona que sea solvente, pero si hay menores, estos nunca lo son.
Cabe señalar, que el importe máximo de esta prestación es de 1.329,27 euros al mes o lo que es lo mismo, 15.951,24 euros al año. Pero, ¿Cuáles son los requisitos para cobrar la cuantía máxima del Ingreso Mínimo Vital? ¿Quiénes pueden acceder al importe máximo de la prestación? Esta cuantía máxima solo le corresponde a los beneficiarios que vivan en unidades de convivencia con menores a cargo, que respondan a los siguientes grupos:
- 4 adultos y 1 menor.
- 3 adultos con más de 2 menores a cargo.
- 2 adultos con más de 2 menores a cargo.
- 1 adulto y más de 3 menores.