Requisitos para cobrar una indemnización por incapacidad permanente total en España

Algunos ciudadanos pueden cobrar la incapacidad permanente total mediante una indemnización económica a tanto alzado

Indemnización por incapacidad permanente total./ Licencia Adobe Stock

La incapacidad permanente total implica la percepción de una pensión contributiva que se recibe mes a mes. Sin embargo, existe una posibilidad de sustituir el cobro mensual por una indemnización de pago único. Para ello, es preciso el cumplimiento de una serie de requisitos.

Hay que tener en cuenta que la pensión de incapacidad permanente total inhabilita al trabajador para desarrollar su profesión habitual. No obstante, es compatible con el desarrollo de otra actividad laboral que no entre en conflicto con las limitaciones que han dado lugar al reconocimiento de la pensión de invalidez.

Las pensiones de incapacidad permanente total, al igual que el resto de grados de invalidez existentes, pueden derivar de accidente de trabajo, enfermedad profesional, accidente no laboral o enfermedad común.

INDEMNIZACIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL

Por norma general, la cuantía de una incapacidad permanente total es equivalente al 55% de la base reguladora. Si bien, puede llegar al 75% de la base reguladora en caso de que la persona beneficiaria tenga 55 años o más y se encuentre en paro.

Indemnización por incapacidad permanente total
Indemnización por incapacidad permanente total./ Licencia Adobe Stock

Tal y como hemos descrito inicialmente, la incapacidad permanente total se recibe con una pensión mensual. No obstante, es posible cobrar una indemnización de incapacidad permanente total.

Para cobrar una indemnización por incapacidad permanente total es necesario cumplir los siguientes requisitos, según informan los expertos de ‘CampmanyAbogados‘:

  1. Tener menos de 60 años.
  2. Las lesiones deben ser definitivas. Es decir, que no sean susceptibles de una posible mejoría por parte del trabajador.
  3. Acreditar que el pensionista se encuentra trabajando en un empleo compatible con la incapacidad permanente total.

En el caso de los trabajadores autónomos, también se puede acreditar que la cuantía a percibir por la indemnización se utilizará como inversión en proyectos que generen ingresos.

DesdeCampmanyAbogados explican que «en caso de haber optado por la indemnización a tanto alzado, el plazo de revisión establecido por el INSS debe fijarse a partir de los 60 años, de tal manera que, con anterioridad, no se puede instar a una revisión. Así lo recuerda la propia jurisprudencia».

IMPORTE DE LA INDEMNIZACIÓN

La indemnización por incapacidad permanente total se basa en una serie de mensualidades a cobrar de forma conjunta en un pago único. Esta acción depende, en gran medida, de la edad del trabajador perceptor de la pensión de invalidez.

Una persona con 53 años o menos tendrá derecho a recibir una indemnización de 84 mensualidades de la base reguladora. Con 54 años corresponde 72 mensualidades; con 55, 60 mensualidades; con 56, 48 mensualidades; con 57, 38 mensualidades; con 58 años corresponden 24 mensualidades; y con 58 años, 12 mensualidades.

Al cumplir los 60 años de edad, la persona beneficiaria de una incapacidad permanente total pasará nuevamente a la modalidad de pensión mensual, junto con las revalorizaciones pertinentes aplicadas a la propia pensión.

Finalmente, desde ‘CampmanyAbogados‘ señalan que «el pago lo debe hacer la mutua si la contingencia de la incapacidad es una enfermedad profesional o has sufrido un accidente laboral.  Por el contrario, la encargada del abono será la Seguridad Social si se trata de una enfermedad común o un accidente que no sea de trabajo».

Salir de la versión móvil