La Seguridad Social puede suspender la incapacidad permanente por estos motivos

Si estás cobrando una pensión por incapacidad permanente debes saber que la Seguridad Social puede retirártela.

Razones de la retirada de la incapacidad permanente

Te pueden quitar la pensión por incapacidad permanente

El cumplimiento de una serie de condiciones y obligaciones se presenta como un factor importante para aquellos individuos que tengan reconocida la condición de perceptores de una pensión de incapacidad permanente.

En este contexto, el Instituto Nacional de la Seguridad Social emerge como una entidad con la capacidad y autoridad necesarias para suspender o extinguir el derecho a dicha pensión en virtud de diversos motivos que pueden incidir en la relación entre el beneficiario y el sistema de seguridad social.

No obstante, si bien la concepción inicial de la incapacidad permanente sugiere la naturaleza vitalicia de esta prestación, cabe destacar que existen circunstancias particulares que podrían conllevar a la suspensión o incluso a la retirada de dicha pensión, poniendo en relieve la necesidad de un cumplimiento estricto de los requisitos y responsabilidades establecidos por la Seguridad Social.

Razone para la retirada de la incapacidad permanente

Es fundamental comprender que el Instituto Nacional de la Seguridad Social, como entidad reguladora, ostenta la potestad de suspender el derecho a la pensión de incapacidad permanente por diversas razones. Entre estas, destaca la posibilidad de suspensión cuando el beneficiario ha llevado a cabo acciones fraudulentas con el propósito de obtener o mantener el derecho a la incapacidad permanente.

Además, la incapacidad permanente podría ser suspendida si esta se origina o agrava como resultado de imprudencias por parte del beneficiario. Otro motivo de relevancia sería el rechazo, sin causa razonable, de someterse a tratamientos de rehabilitación o readaptación. Asimismo, la negativa sin justificación a seguir el tratamiento sanitario prescrito durante la fase de incapacidad temporal también puede dar lugar a la suspensión de la pensión de invalidez.

Por otro lado, la extinción del derecho a la pensión de incapacidad permanente se erige como una posibilidad que podría manifestarse en determinadas circunstancias específicas. Una de ellas es la revisión de la incapacidad, la cual podría dar como resultado la constatación de una curación, según la evaluación y consideración del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Retirada de la pensión por jubilación

Además, la obtención de una pensión contributiva de jubilación podría ser causa de extinción, siempre y cuando el trabajador opte por esta alternativa. El fallecimiento del beneficiario constituye otro motivo determinante de la extinción de la pensión. En este contexto, el INSS también está facultado para retirar el derecho a la incapacidad permanente mediante una revisión de oficio dictada por la entidad gestora, siempre que tal actuación esté legalmente permitida y derive en la pérdida del derecho a la pensión.

Es esencial subrayar que la Seguridad Social conserva la capacidad de llevar a cabo revisiones de la pensión de incapacidad permanente en cualquier momento durante el periodo en el cual se percibe dicha prestación.

No obstante, es importante señalar que no existe una periodicidad específica establecida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. para llevar a cabo tales revisiones, y muchos ciudadanos pueden transcurrir su vida sin experimentar una revisión por parte de la Seguridad Social. Es crucial tener presente que, una vez que se alcanza la edad ordinaria de jubilación, la Seguridad Social ya no está habilitada para llevar a cabo revisiones sobre la pensión de incapacidad.

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