Si eres beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV), atento: La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) podría pedirte que devolvieras parte del dinero que has recibido en concepto de cuotas de esta ayuda. ¿El motivo? Pueden ser varios, como haber dejado de cumplir con los requisitos establecidos y no haber avisado, haber cometido alguna infracción o sufrir un error administrativo. En cualquiera de los casos, deberás justificar a la administración si el hecho no es cierto, si no quieres perder la ayuda.
Cabe recordar, que el Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica que el Gobierno de España puso en marcha en el año 2020, en un contexto de pandemia mundial en el que muchas personas cayeron en una situación económica complicada. Con el paso de los años, los datos han demostrado la importancia de seguir manteniendo esta ayuda, puesto que son muchos los beneficiarios que necesitan de ella para poder salir de una situación de vulnerabilidad económica.
Ingreso Mínimo Vital
El Gobierno de España ha mantenido el Ingreso Mínimo Vital (IMV), con el objeto de evitar que las personas en riesgo de pobreza y exclusión social, caigan en dicha situación. Se trata de una asignación económica que se establece con el fin de que quien lo necesite, reciba un dinero para afrontar el pago de las necesidades básicas. Una ayuda que se mantendrá, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para beneficiarse de ella.
La Seguridad Social, que es el organismo que se encarga de conceder esta prestación, es quien comprueba que dichos requisitos se cumplen. Y es que es fundamental, que existan unas premisas que determinen quienes son las personas que necesitan de esta ayuda, pues de los contrario, el dinero destinado al Ingreso Mínimo Vital (IMV), podría desperdiciarse sin llegar a quienes realmente lo necesitan.
En cuanto al importe de la prestación, una de las características que distingue al Ingreso Mínimo Vital (IMV) de otro tipo de ayudas, es que en este caso, la cuantía depende de diferentes factores. Es decir, no hay una cantidad de dinero establecida para todos los beneficiarios, por lo que todos no reciben la misma cantidad de dinero. Esta depende de circunstancias como si el solicitante recibe alguna renta o los miembros que forman la unidad de convivencia.
Beneficiarios que deberán devolver el importe de esta ayuda
La Seguridad Social podría obligarte en este año a devolver algunas de las cuotas percibidas del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Y es que este organismo tiene el derecho de retirar la ayuda e incluso de castigar al beneficiario con la devolución de parte del dinero, si deja de cumplir con los requisitos más importantes por los que se le concedió. En este caso, uno de ellos es que el beneficiario haya percibido unas rentas superiores al límite anual establecido.
Esto significa, que si a una persona se le ha concedido un importe determinado por su situación familiar y económica, si esa situación económica cambia y no lo comunica a la Seguridad Social, esta le puede hacer que devuelva el dinero. Pero, ¿Cómo puede la administración comprobar que el importe de las rentas ha aumentado? Gracias a la declaración de la Renta. Y es que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), tienen la obligación de llevar a cabo este trámite.
Esta connotación de obligación, da lugar a una segunda razón por la que una persona puede perder el derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y además, tener que devolver el dinero de la misma. Esta es, no haber presentado la declaración de la Renta. Este trámite es fundamental, precisamente por el hecho de que es la vía mediante la cual, la Seguridad Social comprueba la situación económica del beneficiario.