En los requisitos que establece la Seguridad Social para acceder al Ingreso Mínimo Vital (IMV) en España, encontramos no superar unos ingresos mínimos correspondientes. Sin embargo, estos siempre se calculan sobre el total de la unidad de convivencia, ya que favorece a los colectivos sociales más vulnerables.
En este contexto, muchas personas se preguntan: ¿Qué ocurre con las personas que viven solas?. ¿Pueden percibir el IMV de la misma forma que aquellas que viven con más miembros en la unidad de convivencia?. La respuesta es sí, aunque la Seguridad Social establece una serie de condiciones que deben cumplir.
La Seguridad Social explica quiénes pueden cobrar el IMV
Según informa la Seguridad Social, el IMV es una ayuda económica que se ofrece a personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad en España. Si bien, esta prestación se puede cobrar como beneficiario individual o como miembro de una unidad de convivencia.
Esta prestación está enfocada en mejorar la situación económica de aquellas personas que lo necesiten, de forma temporal. Además, también tiene como objetivo favorecer su inclusión social, así como la reinserción en el ámbito laboral.
En cualquier caso, esta prestación no solo está destinada a personas que convivan en una unidad familiar. Por el contrario, también pueden recibirla personas que vivan solas y se encuentren en una situación económica complicada que les impida llevar una vida plena.
Requisitos para personas solas que quieran recibir el IMV
El IMV es una prestación económica que gestiona la Seguridad Social, a la cual pueden acceder personas que vivan solas en situación de vulnerabilidad. En estos casos, los interesados deberán cumplir unas condiciones y requisitos que les den derecho a recibir esta cuantía.
Según explican desde la Seguridad Social, estas son las situaciones que deben cumplir quienes vivan solas y quieran recibir esta prestación:
- Personas sin hogar.
- Mujeres mayores de edad víctimas de violencia de género o de trata de seres humanos.
- Entre 18 y 22 años que provengan de centros residenciales de protección de menores.
- A partir de 23 años, que aunque compartan domicilio con otras personas, no integren una unidad familiar.
En este último caso, los beneficiarios deberán cumplir las siguientes condiciones para acceder al IMV de la Seguridad Social: no estar casados, con la excepción de que estén en trámites de divorcio o separación; no tener pareja de hecho; no estar integrados en otra unidad de convivencia.
La Seguridad Social permitirá acceder al IMV a las personas solas que cumplan estos requisitos. No obstante, para tener derecho a la prestación deberán residir legalmente en España, y demostrar que se está en situación de vulnerabilidad económica, en los términos que establece la web de la Seguridad Social.
En cualquier caso, para obtener más información puedes consultar los detalles del IMV en la web de la Seguridad Social. Así como en las oficinas que tiene repartidas el organismo por distintas ciudades de España.