Hasta el día 1 de noviembre, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) contará con una ayuda extraordinaria dirigida a todas aquellas personas que estén en situación de desempleo y además, hayan agotado otro tipo de prestaciones como el paro, o el resto de subsidios por desempleo con los que cuenta la entidad. Y es que ante la situación de crisis económica que el país sigue viviendo, los datos de empleabilidad no mejoran. Pues la tasa de paro de España, sigue estando entre las más altas de Europa.
A la falta de empleo que sufre nuestro país, se suman inconvenientes como la inflación y el aumentos del coste de vida, ya sea en cuanto a vivienda, alimentación, así como al encarecimiento de los suministros. Cubrir los gastos de las necesidades más básicas, cada vez cuesta más dinero, por lo que la situación para muchas personas es realmente preocupante. Es por ello que el SEPE, en su misión de paliar los efectos del desempleo, tiene una ayuda de hasta 2.880 euros, disponible para quienes lo necesiten.
La ayuda extraordinaria del SEPE
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tiene a disposición de aquellas personas que lo necesiten, una ayuda extraordinaria con la que poder afrontar los gastos básicos ante la falta de rentas por no disponer de un empleo. Se trata del Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), una prestación establecida con el fin de ser un recurso más, para quienes no consiguen incorporarse al mercado laboral, y por tanto, contar con un salario.
No obstante, como ocurre con otros subsidios, el SEPE debe comprobar que el beneficiario de esta ayuda está en una situación realmente de necesidad. Además, está pensada para personas que ya han agotado otros recursos puestos en marcha por la administración. Es por ello, que para poder beneficiarse del Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), el SEPE exige que:
- Se haya agotado la prestación contributiva por desempleo.
- Se hayan agotado otros subsidios disponibles del SEPE por desempleo de larga duración como la Renta Activa de Inserción.
- Deben estar inscritos como demandantes de empleo durante al menos 360 días en los dieciocho meses previos a la solicitud.
- No cuenten con rentas superiores al equivalente del 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
Este Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED) estará disponible para que todo aquel que lo necesite lo solicite, hasta el próximo 1 de noviembre. Cabe señalar, que al igual que otro tipo de ayudas del SEPE, este subsidio podrá percibirse durante un máximo de seis meses. En cuanto al importe de la prestación, corresponde al 80 por ciento del IPREM, por tanto, son 480 euros al mes, lo que alcanzan los 2.880 euros en total.
Renta Activa de Inserción
El requisito marcado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para percibir el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), de haber agotado incluso la Renta Activa de Inserción conocida como RAI, es porque se trata de una ayuda destinada a aquellas personas desempleadas de larga duración, que ya no tienen derecho a la prestación contributiva, o la han agotado, ni a ningún subsidio por desempleo. Por tanto, es uno de los últimos recursos.
La Renta Activa de inserción (RAI), es un recurso que ofrece el SEPE que debe agotarse antes de solicitar el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED). No obstante, debes saber que los requisitos para beneficiarse de la RAI, son:
- Estar desempleado o desempleada e inscrito o inscrita como demandante de empleo, mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción de la prestación y suscribir el acuerdo de actividad.
- Tener menos de 65 años.
- No tener ingresos mensuales propios superiores al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional (SMI)
- No haber sido beneficiario o beneficiaria de tres derechos al programa de renta activa de inserción anteriores.