En el panorama laboral actual, las mujeres desempleadas mayores de 45 años se enfrentan a desafíos únicos que dificultan su reingreso al mercado laboral.
Consciente de esta realidad, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha reforzado su apoyo a este colectivo vulnerable mediante una serie de subsidios diseñados para ofrecer un respaldo económico temporal mientras buscan nuevas oportunidades de empleo.
Estas ayudas se presentan como un salvavidas esencial para muchas, proporcionando un alivio económico que les permite mantenerse a flote hasta que logren reincorporarse al mundo laboral.
Las ayudas del SEPE para mujeres mayores de 45 años
Después de agotar la prestación contributiva por desempleo, que se conoce comúnmente como «el paro«, las mujeres desempleadas mayores de 45 años tienen la opción de acceder a cinco diferentes subsidios gestionados por el SEPE. Cada uno de estos subsidios ofrece una cuantía de 480 euros mensuales, lo que equivale al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Sin embargo, la duración y las condiciones de cada ayuda varían, adaptándose a las circunstancias personales y familiares de las beneficiarias.
- Subsidio por desempleo para mujeres mayores de 45 años con cargas familiares: Este subsidio está disponible para aquellas que, además de haber agotado su prestación contributiva, tienen responsabilidades familiares. La duración inicial de esta ayuda es de seis meses, con posibilidad de prórrogas semestrales. Si la prestación contributiva previa fue de cuatro meses, la ayuda puede extenderse hasta un máximo de 24 meses. En caso de haber agotado una prestación de seis meses, el subsidio podría prorrogarse hasta alcanzar los 30 meses.
- Subsidio por desempleo para mujeres mayores de 45 años sin cargas familiares: Para aquellas mujeres mayores de 45 años que no tienen cargas familiares, el SEPE ofrece un subsidio de desempleo que se extiende durante un período de seis meses, sin opción a prórroga. Tras agotar esta ayuda, pueden solicitar la Renta Activa de Inserción (RAI) o el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED).
- Renta Activa de Inserción (RAI): La RAI es una ayuda adicional que puede solicitarse tras finalizar el subsidio por desempleo. Esta prestación se otorga por un máximo de 11 meses consecutivos. No obstante, las víctimas de violencia de género o doméstica pueden recibir tres mensualidades adicionales, como parte de un apoyo específico que reconoce las situaciones de vulnerabilidad extrema.
- Subsidio extraordinario por desempleo (SED): El SED es una ayuda especial de último recurso, destinada a quienes han agotado todos los subsidios disponibles y llevan inscritas como demandantes de empleo por un mínimo de 360 días. Este subsidio se concede por un período de 180 días y solo se puede percibir una vez en la vida, subrayando su naturaleza excepcional.
- Subsidio por desempleo para mayores de 52 años: Una vez alcanzada la edad de 52 años, las mujeres desempleadas que hayan agotado la prestación contributiva pueden acceder al subsidio para mayores de 52 años. Este subsidio no solo proporciona un ingreso mensual, sino que también cotiza para la jubilación, basándose en un 125% del índice mínimo establecido, lo que lo convierte en una opción particularmente ventajosa en términos de planificación para el futuro.
Cómo acceder a las ayudas del SEPE
Para acceder a cualquiera de estos subsidios, es imprescindible cumplir con ciertos requisitos generales:
- Estar inscrita como demandante de empleo.
- Demostrar una búsqueda activa de trabajo, lo que implica no rechazar ofertas laborales adecuadas y participar en actividades formativas.
- Los ingresos del hogar no deben superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), garantizando que estas ayudas lleguen a quienes más las necesitan.
Este conjunto de ayudas demuestra el compromiso del SEPE con las mujeres mayores de 45 años, reconociendo las dificultades que enfrentan y ofreciéndoles un apoyo esencial en su camino hacia la reactivación laboral.