Este es el SMS que está enviando la Seguridad Social a los que tienen una baja laboral

Este es el SMS que está enviando la Seguridad Social a todos los telénos móviles de los beneficiarios de una baja laboral en España

SMS Seguridad Social baja laboral

La Seguridad Social está enviando a todos los beneficiarios de baja laboral un mensaje a través de SMS desde el 16 de mayo, avisándoles de algo que deben poner atención. En concreto, se trata de una información referente a la necesidad del pago directo al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) tras la emisión de un alta médica con una propuesta de Incapacidad Permanente (IP).

La inspección técnica del propio organismo podrá aceptar la condición de Incapacidad Permanente (IP) tras haber solicitado el pago. Y es que si una pesona agota el plazo de 365 días durante una  baja laboral, el único medio con competencias para poder emitir el alta médica en cualquier circunstancia es una inspección médica.

Mensaje SMS de la Seguridad Social por baja laboral

En cualquier caso, el Tribunal Médico puede ofrecer el alta médica a los ciudadanos por curación, mejoría que permita reincorporarse al trabajo u otras circunstancias.

SMS Seguridad Social baja laboral
SMS Seguridad Social baja laboral

No obstante, es obligación de los ciudadanos solicitar el pago directo de la incapacidad temporal. La notificación vía SMS se ha convertido en un medio crucial para asegurar que los ciudadanos sean informados de manera oportuna sobre los trámites necesarios.

En cada mensaje SMS encontrarás las instrucciones detalladas sobre los pasos a seguir, para continuar con el cobro de la prestación hasta que se resuelva esa incapacidad temporal.

Tal y como ya hemos dicho, cuando se recibe el alta médica tras un periodo de 365 días de incapacidad temporal, el proceso continúa siendo clave para garantizar la recepción del pago de la incapacidad temporal.

Seguridad Social ofrece la incapacidad permanente en España

La incapacidad permanente es una ayuda que ofrece la Seguridad Social a los ciudadanos, en caso de que necesiten un complemento económico en circunstancias concretas. Esta prestación se reconoce a un trabajador cuando, después de haber estado sometido a un tratamiento médico y posteriormente haber sido dado de alta, «presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral».

Actualmente, los trabajadores están respaldados por la nueva legislación. Y es que ahora podrán mantener su empleo durante un tiempo, a pesar de haberles sido reconocida una incapacidad permanente.

Esta reforma, aprobada por el Gobierno, proporciona una mayor protección laboral a los trabajadores que se convierten en pensionistas, permitiéndoles mantener su empleo.

Hace un tiempo, el Gobierno de España comunicó que se había actualizado la prestación, para mejorar la economía de los afectados. Así, la legislación vigente permite la no extinción automática del contrato laboral al reconocerse una incapacidad permanente o Gran Invalidez.

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